-5- cumplimiento de las medidas provisionales. Al respecto, señalaron que “no recibieron ninguna comunicación del gobierno[…] que le[s] informe sobre las medidas alternas que se tomar[í]an para evitar que [en] el cumplimiento del […] Decreto [de 27 de octubre de 2004] la protección policial que se venía prestando a COFAVIC […] cese”. 10. El escrito de 31 de octubre de 2004, mediante el cual los representantes presentaron información relacionada con estas medidas provisionales. En dicho escrito indicaron que “la señorita Carmen Alicia Mendoza, quien se desempeñó como asesora de prensa en COFAVIC, se desincorporó de sus funciones en el mes de septiembre de 2004, por razones académicas [… y] la señora Yris Medina por motivos familiares ha decidido también dedicarse a otras actividades”. Además, los representantes señalaron que: a) dado el incremento de las amenazas sufridas durante el mes de junio de 2004 COFAVIC “decidió disminuir sustantivamente su perfil público, a fin de proteger a sus integrantes”; b) el 14 y 15 de julio de 2004 un abogado de COFAVIC se trasladó al Estado Portuguesa para recopilar información sobre casos de “ejecuciones extrajudiciales” supuestamente cometidos por “grupos de exterminio” que fueron denunciados por COFAVIC. Durante esos días dicho abogado “fue seguido sin su consentimiento en cada uno de sus desplazamientos por un funcionario de la Policía del Estado Portuguesa”; c) en los meses de julio a octubre de 2004 COFAVIC decidió continuar con “un bajo perfil público”, lo que produjo una “disminución de las amenazas telefónicas”. La actividad pública de COFAVIC se reinició mediante una rueda de prensa sobre la posible reforma parcial del Código Penal, un comunicado sobre los casos de desapariciones forzadas ocurridas en el Estado Vargas, y un comunicado sobre la participación de COFAVIC en una audiencia sobre la situación general de impunidad ante la Comisión; d) el 25 de octubre de 2004 la señora Liliana Ortega se incorporó a su oficina después de asistir a unas audiencias públicas en la Comisión Interamericana. En la entrada del estacionamiento en el cual deja su vehículo, dos motorizados trataron de adelantar violentamente la unidad motorizada que estaba custodiando a la señora Ortega, quien tuvo que apartarse bruscamente del lugar por el que caminaba para evitar ser atropellada y cubrirse ante el temor de ser atacada. Luego de percatarse de la presencia policial, los motorizados se retiraron abruptamente del lugar. Los representantes tuvieron conocimiento de la identidad de uno de los atacantes, quien “presuntamente presta sus servicios para Fundación Caracas”; e) la sede de COFAVIC no cuenta con los dispositivos mínimos de seguridad para la detección de metales y armas de fuego, y el funcionario adscrito para custodiar dicha sede no cuenta con el armamento apropiado para garantizar la mínima protección requerida; f) el 15 de agosto de 2004 la señora Ortega demoró su traslado desde la autopista de Caracas-La Guaria, dado que los motorizados de la policía metropolitana que la acompañaban “tuvieron que dividirse para quedar uno en su vehículo y el otro regresar a su comando a guardar su moto”, porque en cumplimiento de la Resolución del Ministerio de Interior y Justicia y del Ministerio de la Defensa de Venezuela No. 363 y 27.970 (supra Visto 7) no estaba permitida la circulación de unidades policiales en la ciudad;

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