30. Con fundamento en los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos y sin prejuzgar sobre el fondo de la cuestión, LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, DECIDE: 1. Declarar admisible el caso bajo estudio, en relación con los artículos 1(1), 2, 4, 5, 8, 21 y 25 de la Convención Americana. 2. Notificar esta decisión al Estado y al peticionario. 3. Iniciar el trámite sobre el fondo de la cuestión. 4. Publicar esta decisión e incluirla en el Informe Anual, a ser presentado ante la Asamblea General de la OEA. Dado y firmado en la sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la ciudad de Washington, D.C., a los 6 días del mes de marzo de 2003. (Firmado): Marta Altolaguirre, Presidenta; José Zalaquett, Primer Vicepresidente; Clare Kamau Roberts, Segundo Vicepresidente; Comisionados: Robert K. Goldman, Juan Méndez, Julio Prado Vallejo y Susana Villarán. 6

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