41
z)
el 7 de noviembre de 2000 el Estado declaró nula la “resolución
directoral” que dejó sin efecto legal el título de nacionalidad del señor
Ivcher69;
aa)
el 15 de noviembre de 2000 el Perú aceptó cumplir con las
recomendaciones formuladas en el Informe No. 94/98 de la Comisión
Interamericana70; y
bb)
la Comisión Interamericana presentó elementos para acreditar gastos
y costas en la tramitación del presente caso y la Corte se reservó la atribución
de valorarlos71.
de julio de 1998; auto apertorio de 19 de junio de 1998, referente al expediente No. 98-0030-0101JT01,
emitido por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros; auto apertorio de 19 de
octubre de 1998, referente al expediente No. 2269-98-SDTA, emitido por el Juzgado Penal Especializado
en Delitos Tributarios y Aduaneros; denuncia presentada el 16 de noviembre de 1998, por la Fiscal
Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, mediante la cual
formaliza denuncia penal contra Michal Ivcher Even y amplía la realizada contra Baruch Ivcher Bronstein,
Neomy Even de Ivcher y Alberto José Cabello Ortega; auto apertorio de 18 de noviembre de 1998,
referente al expediente No. 2269-98, emitido por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y
Aduaneros, mediante el cual se ordenó embargo preventivo contra los bienes de los procesados; orden de
captura emitida el 30 de noviembre de 1998, por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y
Aduaneros, en contra de Baruch Ivcher Bronstein, Neomy Even de Ivcher y Michal Ivcher Even, dirigida al
Director Nacional de la Policía Judicial; orden de impedimento de salida del país emitida el 30 de
noviembre de 1998, por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros, en contra de
Baruch Ivcher Bronstein, Neomy Even de Ivcher y Michal Ivcher Even, dirigida al Director Nacional de la
Policía Judicial; orden de captura emitida el 30 de noviembre de 1998, por el Juzgado Penal Especializado
en Delitos Tributarios y Aduaneros, en contra de Baruch Ivcher, Neomy de Ivcher y Michal Ivcher Even,
dirigida al Jefe de la OCN INTERPOL Lima; notificación judicial de 9 de noviembre de 1998 emitida por el
Secretario del Juzgado Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros respecto de la citación realizada a
Emilio Rodríguez Larraín; citación judicial de número y fecha ilegible, dirigida a Enrique Elías Laroza por
parte de la Dirección Nacional de Policía Judicial; testimonio de Baruch Ivcher Bronstein rendido ante la
Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Julio Sotelo Casanova rendido ante la
Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Rosario Lam Torres rendido ante la
Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Emilio Rodríguez Larraín rendido ante la
Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; y artículo periodístico.
68
Cfr. Cinta de vídeo de la denuncia difundida por el programa Contrapunto del Canal 2, referente a
amenazas y hostigamientos recibidos por periodistas; testimonio de Luis Iberico Núñez rendido ante la
Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Baruch Ivcher Bronstein rendido ante la
Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Julio Sotelo Casanova rendido ante la
Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Rosario Lam Torres rendido ante la
Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Fernando Rospigliosi Capurro rendido
ante la Corte Interamericana el 21 de noviembre de 2000; cinta de vídeo titulada “El caso Ivcher-canal 2”,
contentiva de la denuncia difundida por el programa Contrapunto sobre diferentes actos de acoso a
Baruch Ivcher Bronstein, a los periodistas y a la libertad de expresión.
69
Cfr. “Resolución Ministerial” No. 1432-2000-IN, adoptada el 7 de noviembre de 2000, publicada
en el Diario Oficial “El Peruano” el 8 de los mismos mes y año, titulada “Declaran nula la R.D. No. 117-97IN-050100000000 que dejó sin efecto legal título de nacionalidad peruana”.
70
Cfr. “Resolución Suprema” No. 254-2000-JUS, adoptada el 15 de noviembre de 2000, publicada
en el Diario Oficial “El Peruano” el 16 de los mismos mes y año, titulada “Aceptan recomendaciones
formuladas en el informe 94-98 emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.
71
Cfr. Expediente: “SEPTIEMBRE 1997 - DICIEMBRE 2000 / Gastos efectuados como consecuencia
de la persecución y acoso político del señor Baruch Ivcher”, contiene 28 anexos; expediente: “ENERO
1999 - DICIEMBRE 2000 / Gastos extraordinarios efectuados directamente por Productos Paraíso del Perú
S.A.C. como consecuencia de la persecución y acoso político del señor Baruch Ivcher”, contiene 40
anexos; expediente: “SEPTIEMBRE 1997 - DICIEMBRE 1998 / Gastos extraordinarios efectuados
directamente por Productos Paraíso del Perú S.A.C. como consecuencia de la persecución y acoso político
del señor Baruch Ivcher”, contiene 16 anexos.