e)
en 1989 se inicio una investigación penal, sin que hubiera sido
promovida por las presuntas víctimas o los peticionarios; sin embargo, en ese
momento ���la democracia todavía no era estable” y, como resultado, el clima
no era el apropiado para llevar a cabo una investigación suficiente;
f)
en agosto de 2002 se reinició una investigación penal, sobre los
hechos del 29 de noviembre de 1986, que se está llevando a cabo de
conformidad con las normas legales nacionales, con el propósito de juzgar y
sancionar a los culpables;
g)
la situación política en Suriname es adecuada para un enfoque
estructurado de la investigación penal en el caso Moiwana, así como de otros
hechos que ocurrieron durante los ochentas y principios de los noventas. Se
ha establecido un equipo de oficiales de investigación liderado por un fiscal en
jefe;
h)
las presuntas víctimas y sus familiares tenían y tienen todavía la
oportunidad de invocar y ejercer el derecho a un recurso judicial sencillo,
rápido y efectivo para la protección de sus derechos;
i)
la manera más efectiva de obtener una compensación por daños es el
proceso civil. El Código de Procedimientos Civiles surinamés ofrece a todos la
oportunidad de iniciar un acción civil; aunque se pudo haber entablado una
acción de esas características contra el Estado, esto no se ha hecho en el
presente caso;
j)
la Oficina de Asistencia Legal del Ministerio de Justicia y Policía provee
asistencia legal a personas de bajos recursos económicos;
k)
el peticionario original, Moiwana ’86, conoce la referida posibilidad
para obtener justicia, dado que dicha organización inició, a nivel nacional, una
acción en contra del Estado para declarar que la Ley de Amnistía de 1989 no
es obligatoria;
l)
a través de la Ley de Amnistía de 1989 no se han violado derechos de
individuos. “Si el Estado renuncia al juzgamiento de ciertas personas […] o
difiere el juzgamiento hasta un momento adecuado, lo que hace es diferir o
renunciar al uso de ciertos medios para ejecutar o proteger […] derechos”;
m)
un Estado tiene tanto el derecho como la autoridad para “diferir o
renunciar al uso de ciertos medios para hacer cumplir la ley”, cuando el uso
de tales medios implicaría comprometer otros intereses importantes que
forman parte de las responsabilidades del gobierno, tales como asegurar la
paz y el orden;
n)
al redactar la Ley de Amnistía de 1989 “el legislador no tenía en mente
la impunidad de los posibles perpetradores de los hechos en Moiwana”;
o)
la Ley de Amnistía de 1989 no es contraria al derecho internacional,
dado que otros Estados han otorgado amnistías similares, “con la cooperación
de la Organización de Estados Americanos y la Organización para la Unidad
Africana”;
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