93.
El 23 de agosto de 2001 el Fiscal Militar respondió que no estaba “facultado para otorgar las
copias en vista de lo instruido por el Fiscal General de la República para evitar “[…] interferencias externas
que pudieran entorpecer [el] normal desarrollo [de la investigación] y obstaculizar la obtención de los
correspondientes elementos de convicción […]”. Asimismo, indicó que en todo caso la única autoridad
competente para autorizar la expedición de copias certificadas a particulares era el mismo Fiscal General
según “lo considere procedente y de acuerdo a cada caso concreto”106.
94.
El 4 de septiembre de 2001 el padre solicitó copias certificadas del expediente al Fiscal
General de la República107 y el 30 de octubre de 2001 denunció que no había recibido respuesta a su
solicitud108. En la misma fecha, la Fiscalía General informó al padre que la solicitud había sido sometida a
consideración de la Dirección de Consultoría Jurídica, la cual a su vez resolvió que al tratarse de una solicitud
relativa a “[…] actuaciones cuyo conocimiento corresponde a la jurisdicción militar, es ésta la que debe oír y
proveer sobre la misma […]”109.
95.
El 6 y 15 de noviembre siguiente, el padre presentó solicitudes de reconsideración ante el
Despacho del Fiscal General, reclamando que para ejercer el derecho establecido en la Constitución a
“recurrir a instancias internacionales”, necesitaba contar con copias de la totalidad del expediente penal para
aportarlo en el trámite del caso ante la CIDH110. El 14 de noviembre de 2001, el padre presentó una nueva
solicitud de copias ante la Fiscalía Superior Militar del Ministerio Público111. La Comisión no cuenta con
información sobre el resultado de estas reconsideraciones y nueva solicitud presentada.
Sobre la investigación disciplinaria de oficio en contra de los abogados del señor Edgar Ortiz y la señora
Zaida Hernández en el proceso penal militar
96.
Según la documentación aportada en el expediente ante la CIDH, luego de la decisión de 4 de
abril de 2000 (supra párr. 78), la madre entregó a los medios de comunicación una declaración escrita en la
cual cuestionó dicha decisión, calificándola de “nefasta, grosera, injusta y cantinflérica”112. Posteriormente, en
notas de prensa se publicó sobre una investigación disciplinaria iniciada por el Tribunal Disciplinario del
[… continuación]
104 Según se indica en Anexo 69. Oficio No. 395 de la Fiscalía Militar Tercera de San Cristóbal, dirigido al señor Edgar Ortiz, con
fecha de 23 de agosto de 2002, dando respuesta a dicha solicitud. Anexo E recibido el 25 de febrero de 2002.
105 Anexo 70. Escrito presentado ante el Fiscal Superior Militar del Ministerio Público, suscrito por el abogado Helmisam
Beiruti Rosales, con sello de recibido de fecha 23 de agosto de 2001. Anexo H1 del escrito de los peticionarios recibido el 25 de febrero de
2002.
106 Anexo 69. Oficio No. 395 de la Fiscalía Militar Tercera de San Cristóbal, dirigido al señor Edgar Ortiz, con fecha de 23 de
agosto de 2002, dando respuesta a la solicitud presentada el 7 de junio de 2001. Anexo E recibido el 25 de febrero de 2002.
107 Según se indica en Anexo 71. Oficio No. DSG-44.904 del Despacho del Fiscal General de la República, suscrito por la
Directora de Secretaría General y dirigido al señor Edgar Humberto Ortiz, de fecha 30 de octubre de 2001. Anexo F del escrito de los
peticionarios recibido el 25 de febrero de 2002.
108 Anexo 72. Escrito presentado ante la Dirección de consultoría jurídica de la Fiscalía General del Ministerio Público, suscrito
por Edgar Ortiz, con sello de recibido de 30 de octubre de 2001. Anexo I2 del escrito de los peticionarios recibido el 25 de febrero de
2002.
109 Anexo 71. Oficio No. DSG-44.904 del Despacho del Fiscal General de la República, suscrito por la Directora de Secretaría
General y dirigido al señor Edgar Humberto Ortiz, de fecha 30 de octubre de 2001. Anexo F del escrito de los peticionarios recibido el 25
de febrero de 2002.
110 Anexo 73. Escritos presentado ante el Fiscal General de la República, suscrito por Edgar Ortiz, con sello de recibido de 6 y
15 de noviembre de 2001. Anexo I3 e I4, respectivamente, del escrito de los peticionarios recibido el 25 de febrero de 2002.
111 Anexo 74. Escrito presentado ante el Fiscal Superior del Ministerio Público Militar, suscrito por Edgar Ortiz, con fecha de
recibido de 14 de noviembre de 2001. Anexo H2 del escrito de los peticionarios recibido el 25 de febrero de 2002.
112 Escrito de la señora Zaida Hernández, entregado a los medios de comunicación, sobre la decisión del Juez Militar de
Primera Instancia de Guasdualito. Anexo 4 del escrito de los peticionarios de 28 de agosto de 2000.
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