negado a “presentarlo ante la Juez de control […] a pesar que les fue requerido a través de sendos oficios”183.
El 8 de julio de 2011 la Corte de Apelaciones declaró sin lugar el recurso de apelación de la Fiscalía y acordó
mantener la decisión dictada el 4 de abril de 2011184.
124.
En febrero de 2012 el Ministerio Público habría presentado cargos en contra de Jean Carlos
Rafael Malpica Calzadilla por el delito de homicidio intencional a título de dolo eventual y uso indebido de
arma de guerra185. El 23 de marzo de 2012 los peticionarios solicitaron la nulidad de la acusación, alegando
que el Ministerio Público no había analizado las experticias que permitían demostrar que el señor Ortiz había
recibido impactos de proyectiles de bajo calibre y no de esquirlas o fragmentos y que los mismos habían sido
cambiados durante la investigación. Sostuvieron que la imputación no era correcta ni completa en contra de
los demás funcionarios de la GN y que su hijo había sido torturado antes de morir186.
125.
El 12 de abril de 2012 se difirió la audiencia preliminar ante el Tribunal de Primera Instancia
en funciones de control de San Cristóbal hasta el 4 de mayo de 2012, por incomparecencia del imputado187. El
22 de mayo de 2012 fue diferida nuevamente la audiencia preliminar hasta el 8 de junio siguiente, por
incomparecencia del imputado188. Para el 21 de junio de 2012, se fijó –por séptima vez- la celebración de la
audiencia preliminar189, pero la misma fue nuevamente diferida hasta el 6 de julio de 2012 por
183 Anexo 110. Contestación al recurso de apelación suscrito por Edgar Ortiz, asistido por su representante legal. Causa SP21P-2010-004926. Anexo al escrito de los peticionarios de 16 de mayo de 2011. La Comisión no cuenta con sustento documental sobre ésta
y otras solicitudes que los peticionarios alegaron haber hecho para obtener copias del expediente cursado ante el Ministerio Público. La
información que la CIDH tiene a la vista es aquella informada mediante escritos de los peticionarios de 29 de marzo de 2005 en el cual
adujeron que “[…] como víctimas tenemos solamente acceso al expediente [ante la Fiscalía del Ministerio Público] y no a solicitar copias,
por que (sic) para ellos somos terceros”; y su escrito de 21 de enero de 2008 en el cual indicaron que el 12 de septiembre de 2007 habían
solicitado copias del expediente ante la Fiscalía del estado Táchira, sin que hasta ese momento les hubiesen dado respuesta. Por su parte,
en el escrito de 8 de agosto de 2008, el Estado indicó que dicha solicitud había sido atendida. En respuesta a dicho escrito, los
peticionarios indicaron que el señor Ortiz había decidido hacer entrega de dichas copias a la Fiscal Auxilia No. 34 con competencia
nacional asignada al caso, para así “agilizar” su curso, ya que había sido informado que las Fiscalías comisionadas con sede en la ciudad
de Caracas no tenían copia de la totalidad del expediente. Indicó que con posterioridad, esa misma Fiscal había sido “removida de su
cargo”. El Estado no controvirtió esta información. Adicionalmente, consta en el expediente una comunicación de 12 de enero de 2005
(Anexo 11), dirigida al señor Edgar Ortiz en la que la Dirección General de Atención al ciudadano de la Defensoría del Pueblo le informa
que las copias solicitadas en diciembre de 2004 le serían expedidas por la Defensoría del Pueblo del estado Táchira; y un memorando de
la Defensoría del Pueblo del estado Táchira en el año 2004 (Anexo 112), en el que se informa sobre “la persistente negativa de la Fiscalía
Séptima del Ministerio Público en permitir a esta Defensoría Delegada conocer del expediente signado con el número 20F7-1222/02
[…]”. Oficio No. DP/DDET-0412-2004. Anexos A y E del escrito de los peticionarios de 29 de marzo de 2005.
184 Anexo 113. Boleta de notificación de 8 de julio de 2011. Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del estado Táchira.
Anexo al escrito de los peticionarios de 19 de julio de 2011. En el expediente consta una boleta de notificación de la misma Corte de
Apelaciones y mismo contenido, de 25 de julio de 2011 (Anexo 114). Anexo al escrito de los peticionarios de 4 de septiembre de 2011.
185 Anexo 115. Nota de prensa del Diario La Nación, A 14 años del crimen de Johan Alexis sólo hay un imputado por la Fiscalía, 14
de febrero de 2012. Anexo al escrito de los peticionarios de 18 de febrero de 2012.
186
Indicaron que:
[…] de manera clandestina, después de haber sido herido de muerte, con golpes, dislocación de hombro mientras
agonizaba, quemaduras de cigarrillos y, finalmente, trasladado a un hospital rural de manera tardía, provocando su
muerte […] que el cadáver fue manipulado, aunado a que las declaraciones investigativas fueron levantadas
falsamente por los oficiales encargados de la práctica […] que fueron amenazados de muerte por funcionarios
públicos pertenecientes a organismo oficiales […y atentados con armas de fuego en su contra y de su círculo
familiar]
Anexo 116. Escrito de solicitud de anulación de la acusación fiscal, suscrito por Edgar Ortiz y Zaida Hernández, ante el Juez
Penal de Primera Instancia en funciones de control No. 5 del Circuito Judicial penal del estado Táchira. Causa SP21-P-2010-004926, con
sello de recibido en la Oficina de Alguacilazgo el 23 de marzo de 2012. Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de marzo de 2012.
187 Anexo 117. Acta de diferimiento de audiencia preliminar de 12 de abril de 2012. Tribunal de Primera Instancia en función
de control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira. Anexo al escrito de los peticionarios de 15 de abril de 2012.
188 Anexo 118. Acta de diferimiento de audiencia preliminar de 22 de mayo de 2012. Tribunal de Primera Instancia en función
de control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira. Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2012.
189 Anexo 119. Boleta de notificación de 14 de junio de 2012 dirigida a Edgar Ortiz. Causa SP21-P-2010-004926. Anexo al
escrito de los peticionarios de 20 de junio de 2012.
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