mayor cohesión molecular, lo que origino la fragmentación de la bala, siendo que dichos
fragmentos fueron los que en definitiva impactaron en [su] humanidad […]197.
[…] podemos determinar sin dificultad que el imputado JEAN CARLOS MALPICA
CALZADILLA, prefirió continuar con la acción evidentemente peligrosa, que era efectuar
disparos al interior de la cancha donde estaban atravesando los alumnos, y no se detuvo a
procurar alguna condición de seguridad que evitar que algún estudiante resultara fatalmente
herido, como en efecto sucedió al ser impactado la víctima Johan Alexis Ortiz198.
[…] de los elementos que constan en autos se desprende que el imputado JEAN CARLOS
MALPICA CALZADILLA, hizo uso indebido de los medios oficiales destinados para el
resguardo de la seguridad ciudadana de los integrantes de la comunidad, (armas de
reglamento) los cuales aprovechó para vulnerar arbitrariamente, y sin ningún motivo la
garantía constitucional de respeto a la vida […]199.
130.
Según los Fiscales del Ministerio Público, Johan Alexis Ortiz se levantó ya herido y cayó al
suelo, fue auxiliado por el funcionario Malpica y un enfermero militar y fue trasladado al Hospital. La
acusación hizo referencia al protocolo de autopsia realizado por los médicos de la Medicatura Forense de San
Cristóbal del antiguo CTPJ y la declaración de la patóloga Bracho, entre otras, como un elemento de
convicción con el que se pudo precisar “la causa de muerte”200. Además tuvo en cuenta las inspecciones
realizadas por el CTPJ en 1998 y 2004 a la cancha de combate del Destacamento No. 19 de la GN, la
exhumación y la prueba de luminol de 1998 y la prueba de trayectoria balística realizada en 1998 y 2004,
entre otras.
131.
El Ministerio solicitó también medida de privación judicial preventiva de libertad para el
acusado201. La audiencia preliminar fue fijada para el 3 de abril y diferida para el 30 de abril siguiente por
falta de comparecencia del imputado202. De la información contenida en el expediente resulta que el 22 de
mayo de 2013, la causa pasó a conocimiento del Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de
control de San Cristóbal en virtud de inhibición presentada por el Tribunal Quinto de control203. El 23 de
mayo de 2013 se fijó una fecha de audiencia para el 20 de junio204.
132.
Consta en el expediente diferimientos de 20 de junio de 2013205, 18 de julio de 2013206 y de
19 de agosto de 2013, éste último con orden del Tribunal de medida privación judicial preventiva de libertad
197 Anexo 14. Escrito de acusación del Ministerio Público de 27 de febrero de 2013. Anexo al escrito de los peticionarios de 21
de abril de 2013.
198 Anexo 14. Escrito de acusación del Ministerio Público de 27 de febrero de 2013, pág. 107. Anexo al escrito de los
peticionarios de 21 de abril de 2013.
199 Anexo 14. Escrito de acusación del Ministerio Público de 27 de febrero de 2013, pág. 115. Anexo al escrito de los
peticionarios de 21 de abril de 2013.
200 Anexo 14. Escrito de acusación del Ministerio Público de 27 de febrero de 2013, pág. 67. Anexo al escrito de los
peticionarios de 21 de abril de 2013.
201 Anexo 14. Escrito de acusación del Ministerio Público de 27 de febrero de 2013, pág. 146. Anexo al escrito de los
peticionarios de 21 de abril de 2013.
202 Anexo 124. Acta de diferimiento de 3 de abril de 2013. Causa SP21-P-2010-004926. Tribunal Penal de Primera Instancia
Estadal en funciones de Control de San Cristóbal. Anexo al escrito de los peticionarios de 21 de abril de 2013.
203 Según se indica en Anexo 125. Acta de diferimiento de audiencia con solicitud de captura de 19 de agosto de 2013. Causa
SP21-P-2010-004926. Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de Control de San Cristóbal. Anexo al escrito de los
peticionarios de 20 de septiembre de 2013.
204 Anexo 126. Boleta de notificación de 23 de mayo de 2012. Causa SP21-P-2010-004926. Tribunal Penal de primera instancia
estadal en funciones de control de San Cristóbal. Anexo al escrito de los peticionarios de 12 de junio de 2012.
205 Anexo 127. Boleta de notificación de 20 de junio de 2013. Causa SP21-P-2010-004926. Tribunal Penal de primera instancia
estadal en funciones de control de San Cristóbal. Anexo al escrito de los peticionarios de 26 de junio de 2013.
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