Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 6 de febrero de 2008 Medidas Provisionales respecto de Argentina Asunto Millacura Llaipén y otros VISTOS: 1. La Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “el Presidente de la Corte”) de 21 de junio de 2006. 2. La audiencia pública sobre la solicitud de medidas provisionales celebrada en la sede la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 6 de julio de 2006. 3. La Resolución de la Corte de 6 de julio de 2006, mediante la cual ratificó en todos sus términos la Resolución del Presidente de la Corte de 21 de junio de 2006 (supra Visto 1) y ordenó al Estado que, inter alia: 1. […] mantenga las medidas que hubiese adoptado y que adopte, de forma inmediata, todas las medidas que sean necesarias para proteger los derechos a la vida y a la integridad personal de María Leontina Millacura Llaipén, Marcos y Valeria Torres, Juan Pablo Caba, Gerardo Colín, Patricio Oliva, Tamara Bolívar, Walter Mansilla, Miguel Ángel Sánchez, Silvia de los Santos, Verónica Heredia, y Viviana y Sonia Hayes, para lo cual tome en consideración la gravedad de la situación y las circunstancias particulares de riesgo. 2. […] adopte, de forma inmediata, todas las medidas que sean necesarias para proteger los derechos a la vida y a la integridad personal de las nietas de la señora María Leontina Millacura Llaipén (hijas de Marcos y Valeria Torres), de la señora Marcela (“señora de Marcos Torres”), de Alberto y Noelia Hayes, y de Luis Alberto Gajardo, para lo cual tome en consideración la gravedad de la situación y las circunstancias particulares de riesgo. 3. […] investigue los hechos que motivaron la adopción de estas medidas provisionales y, en su caso, identifique a los responsables y les imponga las sanciones correspondientes. 4. […] brinde participación a los beneficiarios de estas medidas o sus representantes en la planificación e implementación de las mismas y que, en general, les mantenga informados sobre el avance de su ejecución. Asimismo, ordenó a las representantes de los beneficiarios de las presentes medidas provisionales (en adelante “las representantes”) que: 5. […] en el plazo de dos semanas, contado a partir de la fecha de notificación de esta Resolución, presenten un escrito en el cual fundamenten su solicitud de ampliación de medidas a favor de Miguel Ángel Gallardo. Asimismo, en caso de que las representantes consideren que los señores Luis Alberto Alcaína, Diego Álvarez, Mauricio Agüero y Cristian Gamín deben estar protegidos por medidas provisionales, pueden presentar dicha solicitud en ese mismo escrito, debidamente fundamentada. […]

Seleccionar párrafo de destino3