13 presentado a la Corte; 2) Bolivar Jaripio quien declarará sobre la situación que vivieron las comunidades antes, durante y después de la construcción de la represa. B) Perito (propuesto por la Comisión) 1) César Rodríguez Garavito, quien declarará sobre el alcance y contenido de la obligación de reparar a los pueblos indígenas cuando se ha determinado que no es posible la restitución de las tierras y territorios ocupados y usados ancestralmente. Asimismo, se referirá a la forma en que el incumplimiento de esta obligación de reparación constituye una violación continuada al derecho a la propiedad colectiva de los pueblos indígenas. Asimismo, analizará la relación intrínseca entre el cumplimiento efectivo y oportuno de las obligaciones de reconocimiento, titulación, demarcación y delimitación de las tierras y territorios de los pueblos indígenas, y la situación de vulnerabilidad y desprotección frente a actos de terceros. 2. Requerir al Estado y a los representantes que, de considerarlo pertinente, en lo que les corresponda y de conformidad con el párrafo considerativo 42 de la presente Resolución, y en el plazo improrrogable que vence el 11 de marzo de 2014, las preguntas que estimen pertinentes formular a través de la Corte Interamericana a las presuntas víctimas y el perito referidos en el punto resolutivo primero. Sus declaraciones y peritaje deberán ser presentados a más tardar el 21 de marzo de 2014. 3. Requerir a los representantes y a la Comisión que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las preguntas del Estado y de los representantes, si las hubiere, los declarantes propuestos incluyan las respuestas respectivas en sus declaraciones rendidas ante fedatario público, de conformidad con el párrafo considerativo 42 de la presente Resolución. 4. Disponer que, una vez recibidas las declaraciones requeridas en el punto resolutivo primero, la Secretaría de la Corte los transmita a la Comisión, a los representantes y al Estado para que, si lo estiman necesario y en los que les corresponda, presenten sus observaciones a dichas declaraciones en sus alegatos y observaciones finales, respectivamente. 5. Convocar a los representantes y al Estado, así como a la Comisión Interamericana, a una audiencia pública que se celebrará el 2 de abril de 2014, a partir de las 9:00 horas, durante el 50º Período Extraordinario de Sesiones de la Corte por realizarse en su sede, para recibir sus alegatos finales orales y observaciones finales orales, respectivamente, sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo y reparaciones, así como las declaraciones de las siguientes personas: A) Presuntas víctimas (propuestas por los representantes) 1) Benjamín García, quien declarará sobre los hechos presentados en la petición originaria y los hechos referidos en el escrito de solicitudes y argumentos presentado a la Corte, y 2) Bonarge Pacheco, quien declarará sobre la situación que vivieron las comunidades antes, durante y después de la construcción de la represa.

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