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c)
el 30 de septiembre de 2009 los abogados del señor Almonte Herrera
interpusieron un recurso de habeas corpus a su favor. Dicho recurso fue
concedido el 2 de octubre de 2009, por lo cual el Magistrado Juez de la Segunda
Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional
ordenó la libertad del señor Almonte Herrera. Esa instancia concluyó que había
sido detenido sin orden de juez competente. La resolución fue comunicada
oportunamente a la Jefatura de la Policía Nacional, no obstante, no ha sido
cumplida. El 4 de octubre de 2009 la Policía Nacional declaró que el señor Almonte
estaba bajo su custodia, sin embargo, niega ser responsable de su detención y
desaparición.
d)
los peticionarios señalaron que desde el día 28 de septiembre de 2009 el
señor Almonte Herrera fue sometido a continuas torturas en una “casa
clandestina” para que confesara su presunta participación en el secuestro.
Señalaron la posibilidad de que tras haber sido golpeado en la cabeza con un bate
de aluminio, el señor Almonte haya fallecido, junto con otra persona, camino al
hospital en un vehículo que posteriormente fue incendiado intencionalmente por
agentes policiales;
e)
el Instituto de Patología Forense del Distrito Nacional practicó dos pruebas
de ADN sobre los cuerpos encontrados en el vehículo incendiado, uno de los
cuales supuestamente pertenece al señor Almonte Herrera. Los resultados
arrojaron que ninguno de los cuerpos le pertenecía, no obstante, los peticionantes
atribuyen este resultado a la necesaria intervención de la Policía Nacional, la cual
sostenía que el señor Almonte Herrera se encontraba prófugo;
f)
desde el 3 de octubre de 2009 la Policía Nacional ha incrementado la
persecución, el seguimiento y las amenazas contra los representantes del señor
Almonte Herrera, sus familiares y amigos. En particular, las viviendas de Yuverky
y Joel Almonte Herrera y Ana Josefa Montilla, hermanos y esposa del señor
Almonte Herrera, respectivamente, “han estado vigiladas constantemente por
miembros de la Policía Nacional”, y sus teléfonos están siendo intervenidos.
Asimismo, la señora Ana Josefa Montilla, al ser “seguida” y acosada por policías
vestidos de civil, decidió “irse nuevamente a los Estados Unidos” por sentir temor
e seguridad. El señor Joel Almonte ha sido víctima de “seguimientos”, por lo que
se ha inhibido de todo tipo de acción tendiente a reclamar la aparición de su
padre. Los señores Genaro Rincón y Francisco León Herrera, abogados del señor
Almonte Herrera, han manifestado que han sido “seguidos” por agentes de la
Policía, que sus teléfonos se encuentran intervenidos y que sus oficinas se
encuentran vigiladas. El señor Genaro Rincón está en un listado del Departamento
de Investigaciones Criminales por haber denunciado el caso;
g)
el 30 de noviembre de 2009 la Comisión Interamericana envió una solicitud
de información urgente al Estado para que en un plazo de 48 horas se refiriera al
paradero del señor Juan Almonte Herrera, a las acciones emprendidas para el
cumplimiento de la sentencia de habeas corpus y a la situación de seguridad de la
familia y los representantes. El Estado no respondió a dicha solicitud;
h)
el 4 de diciembre de 2009 los peticionarios informaron sobre nuevos
hostigamientos y amenazas sufridas por los familiares y representantes del señor
Almonte Herrera por agentes de la Policía Nacional, supuestamente como
respuesta a sus actuaciones sobre la investigación del paradero del señor Juan
Almonte;