39
112.27.
Los días 27 de abril, y 17 y 24 de mayo de 2000 los acusados Maria Salete
Moraes Melo de Mesquita, Sérgio Antunes Ferreira Gomes, André Tavares do Nascimento,
y Carlos Alberto Rodrigues dos Santos, contestaron la acusación del Ministerio Público,
negando los hechos que se les imputaban, reservándose el derecho de presentar defensas
en las alegaciones finales y ofreciendo nuevos testigos 59.
112.28.
El 10 de agosto de 2000 la señora Albertina Viana Lopes, madre de Damião
Ximenes Lopes, solicitó su admisión como coadyuvante civil en la acción penal interpuesta
por el Ministerio Público (en adelante “coadyuvante civil en la acción penal”). El 26 de
enero de 2001 el Ministerio Público manifestó su conformidad con el pedido, y el 1 de
marzo de 2001 el Juzgado de la Tercera Sala de Sobral admitió a la señora Albertina Viana
Lopes como coadyuvante civil en la acción penal60.
112.29.
Desde el 24 de mayo de 2000 y durante alrededor de dos años, el Juzgado
de la Tercera Sala de Sobral se limitó a celebrar audiencias, de las cuales muchas fueron
aplazadas por distintos motivos, realizándose días o meses después de la fecha original,
como se detalla a continuación:
a)
la audiencia fijada para el 16 de agosto de 2000 se suspendió en razón de la
“imposibilidad de asistencia de la Jueza” responsable de la Tercera Sala del Juzgado
de Sobral, realizándose el 11 de octubre de 2000, fecha en que rindieron
declaración los testigos Francisco Ivo de Vasconcelos, José Cláudio Aguiar y Elias
Gomes Coimbra, y la audiencia fue suspendida “por la avanzada hora”61;
b)
la audiencia de 9 de febrero de 2001 no fue realizada por el Juzgado de la
Tercera Sala de Sobral “en virtud de fuerza mayor”, y la misma fue postergada
para el 16 de febrero de 2001, fecha en que rindió declaración el testigo Francisco
das Chagas Melo62;
59
Cfr. escrito de Maria Salete Morais Melo de Mesquita presentado ante la Tercera Sala del Juzgado de
Sobral el 27 de abril de 2000 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio
1856); escrito de Sérgio Antunes Ferreira Gomes presentado ante la Tercera Sala del Juzgado de Sobral el 17 de
mayo de 2000 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 1860); escrito de
André Tavares do Nascimento presentado ante la Tercera Sala del Juzgado de Sobral el 24 de mayo de 2000
(expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 1863); y escrito de Carlos Alberto
Rodrigues dos Santos presentado ante la Tercera Sala del Juzgado de Sobral el 24 de mayo de 2000 (expediente
de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 1864).
60
Cfr. escrito de Albertina Viana Lopes presentado ante la Tercera Sala del Juzgado de Sobral el 10 de
agosto de 2000 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 1929);
manifestación del Ministerio Público de 26 de enero de 2001 (expediente de anexos a la contestación de la
demanda, anexo I, Tomo II, folio 1933); y auto de la Tercera Sala del Juzgado de Sobral de 1 de marzo de 2001
(expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 1934).
61
Cfr. auto de la Tercera Sala del Juzgado de Sobral dictado el 24 de mayo de 2000 (expediente de anexos
a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 1866); certificado de la Tercera Sala del Juzgado de
Sobral de 16 de agosto de 2000 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio
1873); y declaraciones de Francisco Ivo de Vasconcelos, José Cláudio Aguiar y Elias Gomes Coimbra rendidas
ante de la Tercera Sala del Juzgado de Sobral el 11 de octubre de 2000 (expediente de anexos a la contestación
de la demanda, anexo I, tomo II, folios 1879 al 1892).
62
Cfr. certificado de la Tercera Sala del Juzgado de Sobral de 9 de febrero de 2001 (expediente de anexos
a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 1947); y declaración de Francisco das Chagas Melo
rendida ante la Tercera Sala del Juzgado de Sobral el 16 de febrero de 2001 (expediente de anexos a la
contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folios 1949 al 1952).