42
reiteró la intimación a la coadyuvante civil en la acción penal y a los abogados de defensa
para que “con máxima urgencia” presentasen sus alegatos finales70.
112.35.
El 30 de agosto de 2004 no fue posible realizar interrogatorio de los nuevos
acusados por la falta de notificación del abogado de la coadyuvante civil en la acción
penal, y de algunos de los abogados de la defensa, por lo que el Juez de la Tercera Sala
del Juzgado de Sobral, “en razón de la celeridad que requiere el caso”, fijó una nueva
audiencia para el 9 de septiembre de 2004 71.
112.36.
El 22 de octubre de 2004 la defensa del señor Elias Gomes Coimbra sustentó
su inocencia y ofreció testigos para ser escuchados en audiencia. Ese mismo día el señor
Francisco Ivo de Vasconcelos presentó su defensa previa, sustentó la insuficiencia fáctica y
jurídica de las alegaciones del Ministerio Público, negó la autoría de los hechos que le eran
imputados, y ofreció prueba testimonial72.
112.37.
Los días 3 y 16 de diciembre de 2004 prestaron declaración los señores José
Cláudio Aguiar, Maria Gorete Silva y Maria Verónica Miranda Bezerra 73.
112.38.
Después de la apertura de la audiencia de 9 de septiembre de 2004, fijada
con la finalidad de oír a los nuevos acusados, el Juez de la Tercera Sala del Juzgado de
Sobral señaló que “la complejidad de los hechos, el elevado número de acusados y,
sobretodo, las sucesivas manifestaciones en los autos de entidades ligadas a los derechos
humanos, han retrasado la solución de la controversia”.
Señaló, además, que los
“expedientes necesarios para la correcta tramitación del proceso no ha[n] sido realizados
como deberían”, y que la ausencia de abogados para representar a tres de los acusados
impedía efectuar el interrogatorio previsto, por lo que designó el día 19 de octubre de
2004 para su realización y reiteró la intimación a la coadyuvante civil en la acción penal,
así como a los abogados de defensa de los acusados originales para presentar alegaciones
finales74.
112.39.
Seguidamente, en la misma audiencia, la defensa del señor Sérgio Antunes
Ferreira Gomes, acusado en la denuncia original, solicitó la “suspensión [del
requerimiento] de la presentación de las alegaciones finales”, alegando que la producción
de nuevas pruebas en el proceso, consecuencia necesaria de la inclusión de nuevos
70
Cfr. auto de la Tercera Sala del Juzgado de Sobral dictado el 17 de junio de 2004 (expediente de anexos
a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 2180); y mandado de citación de los acusados Francisco
Ivo de Vasconcelos y Elias Gomes Coimbra emitido por la Secretaría de la Tercera Sala de Sobral el 25 de agosto
de 2004 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 2189).
71
Cfr. acta de audiencia de la Tercera Sala del Juzgado de Sobral celebrada el 30 de agosto de 2004
(expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folio 2235).
72
Cfr. defensa previa de Elias Gomes Coimbra presentada ante la Tercera Sala del Juzgado de Sobral el 22
de octubre de 2004 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folios 2277 y
2278); y defensa previa del señor Francisco Ivo de Vasconcelos presentada ante la Tercera Sala del Juzgado de
Sobral el 22 de octubre de 2004 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folios
2272 al 2275).
73
Cfr. declaraciones de José Cláudio Aguiar y Maria Gorete Silva rendidas ante la Tercera Sala del Juzgado
de Sobral el 3 de diciembre 2004 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folios
2283 al 2288); y declaración de Maria Verónica Miranda Bezerra rendida ante la Tercera Sala del Juzgado de
Sobral el 16 de diciembre 2004 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folios
2296 al 2300).
74
Cfr. acta de audiencia de la Tercera Sala del Juzgado de Sobral celebrada el 9 de septiembre de 2004
(expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo I, tomo II, folios 2254 y 2255).