44
112.45.
El 2 de octubre de 2000 los representantes de la Casa de Reposo
Guararapes y los demandados Sérgio Antunes Ferreira Gomes y Francisco Ivo de
Vasconcelos, contestaron la demanda de indemnización planteada en su contra por la
señora Albertina Viana Lopes80.
112.46.
El 17 de noviembre de 2000 la señora Albertina Viana Lopes presentó la
réplica a la contestación de la demanda de la Casa de Reposo Guararapes, y de los
señores Sérgio Antunes Ferreira Gomes y Francisco Ivo de Vasconcelos 81.
112.47.
El 6 de diciembre de 2000 la Quinta Sala Civil fijó audiencia de conciliación
para el 1 de marzo de 2001. En esa fecha la Quinta Sala Civil, sin presentar justificación,
transfirió la audiencia para el 15 de marzo de 2001, día en que se llevó a cabo la misma,
sin que existiera ánimo conciliatorio82.
112.48.
El 15 de agosto de 2003 la Quinta Sala Civil solicitó a la Tercera Sala del
Juzgado de Sobral información pormenorizada sobre la acción penal que se tramitaba en
dicha instancia sobre la muerte del señor Damião Ximenes Lopes y el estado procesal en
que se encontraba. El 19 de agosto de 2003 el Juez de la Tercera Sala de Sobral informó
que el proceso se encontraba en la fase del artículo 499 del Código Procesal Penal, es
decir, en la presentación de alegaciones finales por las partes. El 29 de agosto del mismo
año la Quinta Sala Civil resolvió suspender el proceso civil por el plazo máximo de un año
para esperar la resolución de la acción penal83.
112.49.
El 15 de octubre de 2004 la Quinta Sala Civil solicitó a la Tercera Sala del
Juzgado de Sobral para que informara si había sido dictada sentencia en el caso del señor
Damião Ximenes Lopes y, en su caso, remitiera copia de la decisión. El 21 de octubre de
2004 la Tercera Sala de Sobral informó que el 24 de septiembre de ese mismo año había
sido ampliada la denuncia contra los señores Elias Gomes Coimbra y Francisco Ivo de
Vasconcelos, a quienes se había interrogado el 19 de octubre de 2004 y que, con relación
a los demás acusados, el proceso se encontraba concluso para decisión respecto del
pedido de uno de los abogados de defensa sobre la suspensión del plazo para la
80
Cfr. escrito de los representantes de la Casa de Reposo Guararapes presentado ante la Quinta Sala Civil
el 2 de octubre 2000 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo II, folios 2403 al 2411);
escrito de Sérgio Antunes Ferreira Gomes presentado ante la Quinta Sala Civil el 2 de octubre 2000 (expediente
de anexos a la contestación de la demanda, anexo II, folios 2413 al 2422); y escrito de Francisco Ivo de
Vasconcelos presentado ante Quinta Sala Civil el 2 de octubre 2000 (expediente de anexos a la contestación de la
demanda, anexo II, folios 2424 al 2429).
81
Cfr. escrito de Albertina Viana Lopes presentado ante la Quinta Sala Civil el 17 de noviembre 2000
(expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo II, folios 2446 al 2448).
82
Cfr. auto de la Quinta Sala Civil dictado el 6 de diciembre de 2000 (expediente de anexos a la
contestación de la demanda, anexo II, folio 2450); auto de la Quinta Sala Civil dictado el 1 de marzo de 2001
(expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo II, folios 2463 y 2464); y acta de audiencia de la
Quinta Sala Civil celebrada el 15 de marzo de 2001 (expediente de anexos a la contestación de la demanda,
anexo II, folios 2466 y 2467).
83
Cfr. auto de la Quinta Sala Civil dictado el 15 de agosto de 2003 (expediente de anexos a la contestación
de la demanda, anexo II, folio 2576); oficio No. 521/03 de la Tercera Sala del Juzgado de Sobral emitido el 19 de
agosto de 2003 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo II, folio 2580); y auto de la
Quinta Sala Civil dictado el 29 de agosto de 2003 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo
II, folio 2582).