11 7. Requerir a las partes que notifiquen la presente Resolución a las personas propuestas por ellas y que han sido convocadas a rendir testimonio o peritaje, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.2 del Reglamento. 8. Informar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes de las presuntas víctimas que deben cubrir los gastos que ocasione la aportación o rendición de la prueba propuesta por ellos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento. 9. Requerir a las partes que informen a los testigos y a la perito convocados por la Corte para comparecer o declarar que, según lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento, la Corte pondrá en conocimiento de los Estados los casos en que las personas requeridas para comparecer o declarar no comparecieren o rehusaren deponer sin motivo legítimo o que, en el parecer de la misma Corte, hayan violado el juramento o la declaración solemne, para los fines previstos en la legislación nacional correspondiente. 10. Informar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de la presunta víctima y al Estado que, al término de las declaraciones de los testigos y la perito, podrán presentar ante el Tribunal sus alegatos finales orales sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas en el presente caso. 11. Requerir a la Secretaría que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.3 del Reglamento, remita a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de las presuntas víctimas y al Estado una copia de la grabación de la audiencia pública sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas en el presente caso al término de dicha audiencia o dentro de los 20 días siguientes a su celebración. 12. Informar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de las presuntas víctimas y al Estado que cuentan con un plazo hasta el 20 de enero de 2009 para presentar sus alegatos finales escritos en relación con el fondo y las eventuales reparaciones y costas en este caso. Este plazo es improrrogable e independiente de la remisión de la copia de la grabación de la audiencia pública. 13. Requerir a la Secretaría que notifique la presente Resolución a la Comisión, a los representantes y al Estado. Cecilia Medina Quiroga Presidenta Pablo Saavedra Alessandri

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