14 "no se puede negar la estrecha vinculación entre la reparación y el combate a la impunidad, así como la garantía de no-repetición de los hechos lesivos, siempre y necesariamente desde la perspectiva de las víctimas. La verdadera reparatio, vinculada a la realización de la justicia, requiere la superación de la obstaculización de los deberes de investigación y sanción de los responsables, y el fin de la impunidad"42. 43. La búsqueda de la verdad, - me he permitido agregar, - "constituye el punto de partida para la libertación así como la protección del ser humano; sin la verdad (por más insoportable que ésta venga a ser) no es posible libertarse del tormento de la incertidumbre, y tampoco es posible ejercer los derechos protegidos"43. La cristalización del derecho a la verdad, en cuya construcción jurisprudencial ha estado empeñada esta Corte, es un imperativo para la preservación de "los vínculos y lazos de solidaridad entre los muertos y los vivos, formando la unidad del género humano, con el respeto debido a unos y a otros"44. 44. No podría concluir este Voto Razonado en el presente caso de los Hermanos Gómez Paquiyauri sin hacer mención de un punto que me parece igualmente significativo y digno de atención. No veo cómo negar que la responsabilidad internacional agravada del Estado afecta los valores básicos de la comunidad internacional contemporánea. La consagración del jus cogens, en constante expansión45, a su vez, revela precisamente la alentadora apertura del derecho internacional contemporáneo a valores superiores y fundamentales, al mismo tiempo en que se vislumbra, en un horizonte cada vez más cercano, la aurora de un derecho internacional verdaderamente universal. Antônio Augusto Cançado Trindade Juez Pablo Saavedra Alessandri Secretario 42 . CtIADH, caso Myrna Mack Chang versus Guatemala, Sentencia del 25.11.2003, Voto Razonado del Juez A.A. Cançado Trindade, párr. 46. 43 . CtIADH, caso Bámaca Velásquez versus Guatemala, Sentencia del 25.11.2000, Voto Razonado del Juez A.A. Cançado Trindade, párr. 29. 44 . Ibid., Voto Razonado del Juez A.A. Cançado Trindade, párr. 39. 45 . Cf. mi Voto Concurrente en la Opinión Consultiva n. 18 sobre La Condición Jurídica y los Derechos de los Migrantes Indocumentados (del 17.09.2003), párrs. 65-73.

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