VI.
RECOMENDACIONES
112.
En virtud de las anteriores conclusiones,
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RECOMIENDA AL ESTADO DE
ARGENTINA:
1.
Reparar integralmente las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe
tanto en el aspecto material y moral. Esta reparación deberá incluir una indemnización, así como medidas de
satisfacción y rehabilitación a favor de los familiares del señor José Delfín Acosta Martínez y en concertación con
ellos.
2.
Disponer las medidas necesarias para investigar penalmente y disciplinariamente de manera
exhaustiva, diligente y en un plazo razonable, todas las responsabilidades derivadas de las violaciones declaradas
en el presente informe. Esta investigación deberá satisfacer los estándares descritos en el presente informe.
3.
Adoptar las medidas necesarias para evitar la repetición de los hechos del presente caso
incluyendo: i) asegurar que la legislación que regula la facultad de detener y requisar personas en la vía pública
sobre la base de una sospecha de que está cometiendo un delito, se base en razones objetivas e incluya exigencias
de justificación de dichas razones en cada caso; ii) capacitar a los funcionarios estatales pertenecientes a cuerpos
de seguridad sobre los estándares descritos en el presente informe en cuanto a las obligaciones a su cargo de
salvaguardar la vida e integridad de las personas bajo su custodia.
Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la ciudad de Washington, D.C. a los 7
días del mes de diciembre de 2018. (Firmado): Margarette May Macaulay, Presidenta; Esmeralda Arosemena de
Troitiño, Primera Vicepresidenta; Francisco José Eguiguren Praeli, Joel Hernández García, Antonia Urrejola y Flavia
Piovesan, Miembros de la Comisión.
El que suscribe, Paulo Abrão, Secretario Ejecutivo, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de
la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la CIDH.
Paulo Abrão
Secretario Ejecutivo
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