13 punto petitorio de su demanda (supra párr. 4), para lo cual otorgó plazo hasta el 10 de agosto de 2001. 69. El 31 de julio de 2001 la Secretaría, siguiendo instrucciones de la Corte y de conformidad con el artículo 44 del Reglamento, otorgó plazo a Nicaragua hasta el 13 de agosto de 2001 para que remitiera, como prueba para mejor resolver, la siguiente documentación: títulos de propiedad existentes de la Comunidad Awas Tingni (Comunidad Mayagna); de las Diez Comunidades (Comunidad Miskita); de la Comunidad Indígena de Tasba Raya (también conocida como Seis Comunidades), que comprende las comunidades de Miguel Bikan, Wisconsin, Esperanza, Francia Sirpi, Santa Clara y Tasba Pain (Comunidades Miskitas,) y de la Comunidad Indígena de Karatá (Comunidad Miskita). Estos documentos no fueron presentados a la Corte. 70. El 8 de agosto de 2001 el Estado presentó una objeción a que se otorgara a las partes la posibilidad de presentar alegatos finales escritos y solicitó que, en caso de que la Corte decidiera seguir adelante con la admisión de dichos alegatos, se le concediera una prórroga para su presentación hasta el 10 de septiembre de 2001. Al día siguiente la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, informó al Estado que ha sido práctica constante y uniforme de la Corte conceder a las partes la oportunidad de presentar alegatos finales escritos, entendidos éstos como un resumen de las posiciones de las partes manifestadas en la audiencia pública sobre el fondo, en la inteligencia de que dichos escritos no están sujetos a observaciones adicionales contradictorias de las partes. En relación con la solicitud de prórroga para la presentación de los alegatos finales del Estado, la Secretaría manifestó a éste que, siguiendo instrucciones del Presidente, en atención al tiempo que han tenido las partes para presentar sus alegatos finales escritos, y en aras de que no se menoscabara el equilibrio que debe guardar el Tribunal entre la protección de los derechos humanos, la seguridad jurídica y la equidad procesal, se otorgaba un plazo improrrogable a ambas partes hasta el 17 de agosto de 2001. 71. El 10 de agosto de 2001 la Comisión presentó su escrito de alegatos finales, al cual adjuntó un anexo (infra párr. 82). 72. El 17 de agosto de 2001 Nicaragua presentó su escrito de alegatos finales. 73. El 22 de agosto de 2001 la Comisión presentó extemporáneamente el escrito referente a las reparaciones, costas y gastos (infra párr. 159). 74. El 25 de agosto de 2001 el Estado solicitó a la Corte que se abstuviera de conocer el escrito remitido por la Comisión sobre reparaciones, costas y gastos, por haber sido presentado extemporáneamente. V LA PRUEBA A) PRUEBA DOCUMENTAL 75. Con el escrito de demanda (supra párrs. 1 y 29), la Comisión Interamericana presentó copia de 58 documentos contenidos en 50 anexos.1 1 cfr. anexo C.1, bosquejo del área de localización de la Comunidad Awas Tingni en la RAAN; anexo C.2, escrito de 8 de noviembre de 1992 de Charly Webster Mclean Cornelio; anexo C.3, documento de febrero de 1996 titulado “Awas Tingni. Un estudio Etnográfico de la Comunidad y su Territorio”,

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