13
punto petitorio de su demanda (supra párr. 4), para lo cual otorgó plazo hasta el 10
de agosto de 2001.
69.
El 31 de julio de 2001 la Secretaría, siguiendo instrucciones de la Corte y de
conformidad con el artículo 44 del Reglamento, otorgó plazo a Nicaragua hasta el 13
de agosto de 2001 para que remitiera, como prueba para mejor resolver, la siguiente
documentación: títulos de propiedad existentes de la Comunidad Awas Tingni
(Comunidad Mayagna); de las Diez Comunidades (Comunidad Miskita); de la
Comunidad Indígena de Tasba Raya (también conocida como Seis Comunidades),
que comprende las comunidades de Miguel Bikan, Wisconsin, Esperanza, Francia
Sirpi, Santa Clara y Tasba Pain (Comunidades Miskitas,) y de la Comunidad Indígena
de Karatá (Comunidad Miskita). Estos documentos no fueron presentados a la Corte.
70.
El 8 de agosto de 2001 el Estado presentó una objeción a que se otorgara a
las partes la posibilidad de presentar alegatos finales escritos y solicitó que, en caso
de que la Corte decidiera seguir adelante con la admisión de dichos alegatos, se le
concediera una prórroga para su presentación hasta el 10 de septiembre de 2001. Al
día siguiente la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, informó al Estado
que ha sido práctica constante y uniforme de la Corte conceder a las partes la
oportunidad de presentar alegatos finales escritos, entendidos éstos como un
resumen de las posiciones de las partes manifestadas en la audiencia pública sobre el
fondo, en la inteligencia de que dichos escritos no están sujetos a observaciones
adicionales contradictorias de las partes. En relación con la solicitud de prórroga
para la presentación de los alegatos finales del Estado, la Secretaría manifestó a éste
que, siguiendo instrucciones del Presidente, en atención al tiempo que han tenido las
partes para presentar sus alegatos finales escritos, y en aras de que no se
menoscabara el equilibrio que debe guardar el Tribunal entre la protección de los
derechos humanos, la seguridad jurídica y la equidad procesal, se otorgaba un plazo
improrrogable a ambas partes hasta el 17 de agosto de 2001.
71.
El 10 de agosto de 2001 la Comisión presentó su escrito de alegatos finales,
al cual adjuntó un anexo (infra párr. 82).
72.
El 17 de agosto de 2001 Nicaragua presentó su escrito de alegatos finales.
73.
El 22 de agosto de 2001 la Comisión presentó extemporáneamente el escrito
referente a las reparaciones, costas y gastos (infra párr. 159).
74.
El 25 de agosto de 2001 el Estado solicitó a la Corte que se abstuviera de
conocer el escrito remitido por la Comisión sobre reparaciones, costas y gastos, por
haber sido presentado extemporáneamente.
V
LA PRUEBA
A) PRUEBA DOCUMENTAL
75.
Con el escrito de demanda (supra párrs. 1 y 29), la Comisión Interamericana
presentó copia de 58 documentos contenidos en 50 anexos.1
1
cfr. anexo C.1, bosquejo del área de localización de la Comunidad Awas Tingni en la RAAN;
anexo C.2, escrito de 8 de noviembre de 1992 de Charly Webster Mclean Cornelio; anexo C.3, documento
de febrero de 1996 titulado “Awas Tingni. Un estudio Etnográfico de la Comunidad y su Territorio”,