29
145.
En tercer lugar, el Informe destaca las amenazas perpetradas contra los Magistrados de
39
la Corte Suprema, el Consejo de Estado y sus familiares . Señala que, desde mediados de 1985, los
Magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y sus familiares recibían
amenazas de muerte de parte de los llamados “extraditables”, con ocasión de demandas instauradas con
el fin de obtener la declaratoria de inexequibilidad de la Ley 27 de 1980, “por medio de la cual se
aprueba el Tratado de Extradición entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América,
40
suscrito el 14 de septiembre de 1979” .
146.
Asimismo, la Comisión de la Verdad constató que los Magistrados del Consejo de
Estado también fueron amenazados, entre otros a través de un escrito titulado “Réquiem para el Consejo
de Estado”, relacionado con la declaratoria de responsabilidad de la Nación - Ministerio de Defensa por
los perjuicios causados a Iván López Botero, Olga López Jaramillo de Roldán y su hija la niña Olga
Helena Roldán López como consecuencia de las “torturas morales a que fueron sometidos y las lesiones
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psíquicas y corporales causadas a la doctora Olga López Jaramillo de Roldán” durante su detención
por cerca de dos años en las instalaciones de la Brigada de Institutos Militares (BIM) y otras
42
dependencias oficiales. Olga López Jaramillo de Roldán había sido detenida, torturada y obligada a
declarar contra presuntos miembros del M-19. En su fallo el Consejo de Estado ordenó adicionalmente
enviar copias a las autoridades competentes para que se investigaran los delitos y demás violaciones a
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la Constitución y a la ley que fueron comprobadas por el Tribunal . El Consejero de Estado Jorge
Valencia Arango, quien además fue ponente del mencionado fallo manifestó a la Comisión de la Verdad
44
que aquél fallo causó “un enorme malestar a las fuerzas militares” .
39
El Magistrado de la Sala Constitucional Manuel Gaona Cruz, quien era ponente del examen de constitucionalidad, le
relató a la Comisión de la Verdad que “durante los meses previos a la toma, particularmente en octubre de 1985, [su] familia debió
cambiar en varias ocasiones de domicilio, recibían sufragios, amenazas de bombas y casetes que contenían grabaciones de las
conversaciones de sus hijos con sus compañeros del colegio, como resultado de interceptaciones ilegales a sus comunicaciones”.
En vista de que la ponencia sobre el examen de constitucionalidad de la ley aprobatoria del tratado de extradición debía ser
debatida primero en Sala Constitucional y luego en Sala Plena, por lo cual todos los Magistrados de Corte debían adoptar la
decisión definitiva; los Magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema también eran objeto de constantes amenazas. Anexo 1.
Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009,
Capítulo III, párrs. 20, 24 y 25. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de
2010.
40
Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de
diciembre de 2009, Capítulo III, párr. 79. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de
enero de 2010.
41
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 123. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
42
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, págs. 124 y 125.
Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011. […] en ese sitio, que hoy
se conoce como la Escuela de Comunicaciones del Ejército en Facatativa (parque arqueológico anteriormente conocido como
“Piedras de Tunja”) [Olga López Jaramillo fue] brutalmente torturada por espacio de diez (10) días, torturas que consistieron en
colgamiento del cuerpo con las manos atadas a la espalda por espacio de varias horas durante las cuales recibía violentos golpes
con objetos contundentes en el abdomen, costillas y muy particularmente en la región mastoidea de la cabeza. Los senos los
halaban con unas pinzas diciéndole: “Cantá o te hacemos dar leche”. Hubo amenazas de violación tanto para ella como para su
hija de quien le decían estaba en su poder, para lo cual le hacían oír las grabaciones tomadas de la voz de la niña con llamados
angustiosos. Fue ésta una modalidad de tortura psicológica que atormentó a Olga López mucho más que el sadismo físico de los
torturadores. […] [l]a etapa final de las torturas la constituyeron dos hechos: a) Cuando la subieron a una mesa y le ataron una
cuerda al cuello amenazándole con ahorcarla si no decía en dos minutos, dónde se encontraban las armas sustraídas al grupo
mecanizado Rincón Quiñónez, y b) Cuando para llevarla ante el Juez Primero de Instrucción Penal Militar en las primeras horas de
la noche para que rindiera indagatoria le suministraron, en una taza con agua de panela, una fuerte dosis de escopolamina que la
detenida alcanzó, por sus conocimientos médicos, a detectar cuando sintió un adormecimiento de la lengua, por lo cual solicitó ser
llevada al baño donde, tomando grandes cantidades de agua de la cisterna del inodoro o sanitario, provocándose (sic) un lavado
gástrico para expulsar el tóxico bajo cuyos efectos pretendía interrogarla en declaración injurada.
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Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de
diciembre de 2009, Capítulo III, párr. 29. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de
enero de 2010.
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Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de
diciembre de 2009, Capítulo III, párr. 31. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de
enero de 2010. En la sentencia condenatoria del General Jesús Armando Arias Cabrales, el Juzgado 51 Penal del Circuito señaló
que el caso de Olga López Jaramillo de Roldán, como muchos otros, han demostrado que en Colombia durante la década de los
Continúa…