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investigación. Queremos respaldar nuestros asertos, con relatos de los testigos que dan cuenta
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de los equivocados actos con que se le dio principio a la investigación .
177.
Al respecto, el Coronel Félix Gallardo Angarita señaló
[c]uando el día 7 de noviembre se terminaron las operaciones me trasladé a la Alcaldía [...], yo
bajé de nuevo a la Secretaría de Gobierno, ahí me estuve un rato [...], hablé con mis bomberos,
habían varios, les pregunté cómo seguía la situación, me dijeron que únicamente estaban echando
agua para lavar algunos cadáveres porque los jueces y los funcionarios de la Policía Judicial
estaban en los levantamientos. Entré en el Palacio, observé en el patio central: soldados, policías,
DAS, F--2, y los jueces, el espectáculo era demasiado macabro, causaba náuseas, cadáveres
calcinados y un ambiente irrespirable. Me estuve unos minutos les dije a los bomberos que
solamente debían actuar por órdenes de los jueces que ya estaban ahí, prestar la colaboración
que ellos les pidieran y regresar a la Alcaldía y luego al Comando. El apoyo continuó a órdenes de
los jueces. No recuerdo quiénes estaban allá pero ya era una labor secundaria que como dije fue
más que todo de lavado de cadáveres y cada cual hizo lo suyo de acuerdo con el apoyo que le
pidieron. Esa labor se cumplió en parte del 7 al 8 de noviembre, según los informes que reposan
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en autos .
178.
En el Informe de la Comisión de la Verdad consta que en el peritaje rendido por una
comisión técnica integrada por funcionarios del mismo Instituto de Medicina Legal y dirigido al señor Juez
77 de Instrucción Criminal Ambulante, se señaló que
[…] desde un principio las labores de investigación en este caso han sido bastante difíciles por
cuanto los levantamientos de los cadáveres carecieron en este caso de todo criterio técnico y
científico al mover los cuerpos del lugar exacto de los hechos, al retirar las prendas y no
embalarlas adecuadamente, sino por el contrario fueron mezcladas y posteriormente enviadas en
un camión aparte aquí a las instalaciones del Instituto, lo que hizo que fuera aún más difícil la labor
de identificación de los cadáveres. Además durante los mencionados levantamientos se
recogieron en bolsas plásticas, en forma indiscriminada, restos calcinados correspondientes a
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diferentes personas .
179.
Asimismo, consta la declaración de Luis Fernando Concha Sanclemente quien se
desempeñaba como gerente de la Empresa Distrital de Servicios Públicos (EDIS) y señaló que el 8 de
noviembre de 1985 estuvo en el Palacio de Justicia donde dirigió las labores de limpieza y ayudó a
despejar el pasillo de acceso entre la puerta principal y el patio interior. Señaló que dicha limpieza la
realizó a petición de un militar quien le indicó que el levantamiento de cadáveres se estaba viendo
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afectado por la cantidad de vidrios y desechos que se hallaban en el primer piso .
180.
Asimismo, el Coronel Félix Gallardo Angarita señaló que alguien le informó que “habían
llegado los jueces, que ya la Fuerza Pública había entrado definitivamente al Palacio y un grupo de
bomberos fue llamado para que a órdenes de los jueces que estaban allá, coadyuvar en el traslado de
los cadáveres de los pisos, calcinados, para ponerlos en una Plaza Central”91. Por su parte, el entonces
Capitán José Antonio Tatis Pacheco informó que en su condición de jefe de la Sección Técnica de la
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Anexo 9. Tribunal Especial de Instrucción, Informe sobre el Holocausto del Palacio de Justicia, 31 de mayo de 1986,
publicado el 17 de junio de 1986, pág. 51. Anexo al escrito del Estado de 25 de julio de 1991.
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Anexo 9. Tribunal Especial de Instrucción, Informe sobre el Holocausto del Palacio de Justicia, 31 de mayo de 1986,
publicado el 17 de junio de 1986, pág. 51. Anexo al escrito del Estado de 25 de julio de 1991. Ver también Documental La Toma
(The Siege), Dirigido por Angus Gibson y Miguel Salazar, 2011.
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Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de
diciembre de 2009, Capítulo V, párr. 84. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de
enero de 2010.
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Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, págs. 241-242. Anexo
al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
91
Anexo 10. Fiscalía Cuarta de la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Declaración de Félix Gallardo
Angarita, 19 de diciembre de 2006, Causa No. Radicado: Pl 9755. Anexo 121 al escrito de los peticionarios de 7 de mayo de 2010
recibido en la CIDH el 12 de mayo de 2010.