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curiosamente, los únicos cuerpos de rehenes que cuentan con dicho examen son los de Carlos
Horacio Urán y Luz Stella Bernal. Este dato, aunado a ciertas fuentes que indican que el cuerpo
de Carlos Horacio Urán, habría estado ubicado junto con los de los guerrilleros en la morgue,
podrían sugerir que, tanto Carlos Urán como Luz Stella Bernal, habrían sido considerados
preliminarmente como guerrilleros y recibido el mismo trato que éstos. En ese sentido, el hecho
que los cuerpos hayan sido lavados, tal como se reseñó en párrafos anteriores, podría indicar la
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intención de borrar evidencia de actos relacionados con posibles ejecuciones sumarias .
7.
Las personas detenidas y torturadas durante la retoma del Palacio de Justicia
277.
En el marco de las investigaciones adelantadas a nivel interno existen diversos
elementos probatorios que permiten evidenciar que Yolanda Ernestina Santodomingo Albericci y
Eduardo Matson Ospino se encontraban, al momento de la toma, en el Palacio de Justicia en
cumplimiento de compromisos académicos y posteriormente fueron trasladados por militares que
entraron al Palacio, en el operativo de retoma, hacia la Casa del Florero, donde recibieron el tratamiento
de “especiales”, es decir de sospechosos de pertenecer al M-19 y en ese contexto fueron trasladados a
diversas instalaciones militares a fin de ser interrogados.
278.
Adicionalmente, se tiene que el abogado Orlando Quijano, quien acudía con regularidad
al Palacio de Justicia, también se encontraba en dicho lugar y fue conducido a la Casa del Florero para
ser interrogado como presunto sospechoso de pertenecer al M-19 y finalmente José Vicente Rubiano
Galvis, quien fue detenido en un retén ubicado en jurisdicción de la Brigada XIII y conducido a la Escuela
Militar ubicada en la calle 106 de la ciudad de Bogotá para ser interrogado.
a.
Yolanda Ernestina Santodomingo Albericci y Eduardo Matson Ospino
279.
Para la época de los hechos Yolanda Ernestina Santodomingo Albericci y Eduardo
228
Matson Ospino eran estudiantes de derecho en la Universidad Externado de Colombia . El 6 de
noviembre de 1985 Santodomingo Albericci tenía un examen en el Palacio de Justicia donde trabajaba
su profesor. En su declaración, indicó que ese día acudió a clases a la Universidad y posteriormente,
debía acudir primero al Tribunal Contencioso Administrativo para hablar con una persona de nombre
Francia Elena sobre una oportunidad de trabajo y después al Palacio de Justicia para su examen. Indicó
que le pidió a varios amigos que la acompañaran y que, finalmente, Eduardo Matson Ospino le dio el
229
alcance cuando iba de camino al Tribunal .
280.
Eduardo Matson Ospino indicó que acompañó a Yolanda Santodomingo porque tenía
230
que realizar una tarea sobre el poder de juzgamiento en Colombia . Ambos señalaron que entraron al
Palacio de Justicia a eso de las 11:00 AM y que en primer lugar se dirigieron a la oficina del doctor José
Eduardo Gnecco y posteriormente a las oficinas de otros funcionarios a fin de conseguir ayuda con la
tarea de Eduardo Matson, quien posteriormente se retiraba y Yolanda Santodomingo se quedaba para
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Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de
diciembre de 2009, Capítulo V, párr. 206. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de
enero de 2010.
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Anexo 32. Fiscalía Cuarta de la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Testimonio de Yolanda Ernestina
Santodomingo Albericci, Radicado 9755, 1º de agosto de 2006. Anexo 153 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2008,
recibido en la CIDH el 8 de julio de 2008, y Anexo 33. Fiscalía Cuarta de la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia,
Declaración de Eduardo Arturo Matson Ospino, Radicado Pl 9755, 10 de abril de 2006. Anexo 36 al escrito de los peticionarios de
7 de julio de 2008, recibido en la CIDH el 8 de julio de 2008.
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Anexo 32. Fiscalía Cuarta de la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Testimonio de Yolanda Ernestina
Santodomingo Albericci, Radicado 9755, 1º de agosto de 2006. Anexo 153 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2008,
recibido en la CIDH el 8 de julio de 2008.
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Anexo 33. Fiscalía Cuarta de la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Declaración de Eduardo Arturo
Matson Ospino, Radicado Pl 9755, 10 de abril de 2006. Anexo 36 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2008, recibido en
la CIDH el 8 de julio de 2008.