84 Procuraduría Delegada exoneró de responsabilidad disciplinaria al Teniente Coronel Herrera Miranda y encontró responsable al Teniente Coronel Arbeláez y resolvió sancionarlo con solicitud de destitución334. 351. Finalmente, se adelantó un proceso disciplinario contra Carlos Darío Morales y Roberto Rodríguez, en su condición de Jueces 78 y 86 de Instrucción Penal Militar, adscritos al Departamento de Policía Nacional por las presuntas irregularidades cometidas, en relación con la identificación y con las órdenes de inhumación de restos humanos correspondientes a los hechos del Palacio de Justicia. El 15 de mayo de 1989 la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional absolvió a los jueces aduciendo que la orden de inhumación impartida se enmarcaba en la etapa de diligencias previas de la investigación penal, y que ésta tuvo como fundamento razones de orden público, pues se comprobó la existencia de un plan de los subversivos de tomarse las instalaciones de Medicina Legal. La Procuraduría agregó que sumado a lo anterior, la mayoría de restos inhumados en fosa común no podían ser identificados por su avanzado estado de calcinación335. b. Proceso ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes 352. La Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes se ha pronunciado en dos ocasiones sobre la eventual responsabilidad del Presidente Belisario Betancur por el manejo que se dio a la toma del Palacio de Justicia. La primera decisión se produjo por la denuncia presentada por el Procurador General de la Nación y otros ciudadanos contra el ex Presidente de la República, Belisario Betancur, y su Ministro de Defensa, General Miguel Vega Uribe. El 16 de julio de 1986 los representantes a la Cámara Carlos Mauro Hoyos Jiménez, Horacio Serpa Uribe y Darío Alberto Ordóñez Ortega propusieron que se declare no ha lugar el intento de acusación ante el Senado de la República 336 por no existir conductas violatorias desplegadas por el señor Presidente y su Ministro de Defensa . El 337 18 de julio de 1986 la Comisión de Acusación aprobó la ponencia y archivó el expediente . 353. La segunda decisión se produjo por la denuncia presentada el 3 de diciembre de 1986 por Juan Manuel López Caballero y otros ciudadanos contra el ex Presidente Belisario Betancur, y sus Ministros Miguel Vega Uribe, Enrique Parejo González y Jaime Castro. El 11 de diciembre de 1989 el representante a la Cámara Hernán Motta Motta propuso que se declarara que existía causa enjuiciable ante el Senado de la República contra el ex Ministro de Defensa General Miguel Vega Uribe por las acciones y omisiones en relación con el operativo militar del 6 y 7 de noviembre de 1985 y que no existía causa legal enjuiciable respecto de Belisario Betancur Cuartas, Enrique Parejo González y Jaime 338 Castro . El 18 de julio de 1990 la Comisión de Acusación resolvió archivar el expediente argumentando “que la dirección del operativo militar estuvo a cargo del General Arias Cabrales, quien sería el encargado de responder ante la justicia ordinaria sobre los excesos, desafueros y anomalías que hayan 339 podido presentarse durante el desarrollo de las operaciones” . 334 Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009, Capítulo VII, párrs. 55 – 56. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de 2010. 335 Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009, Capítulo VII, párrs. 57 – 58. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de 2010. 336 Anexo 71. Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, 16 de julio de 1986. Anexo 135 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2008, recibido en la CIDH el 8 de julio de 2008. 337 Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009, Capítulo VII, párr. 61. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de 2010. 338 Anexo 72. Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, 11 de diciembre de 1989. Anexo 136 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2008, recibido en la CIDH el 8 de julio de 2008. 339 Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009, Capítulo VII, párr. 63. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de 2010.

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