12 aspectos relativos a la búsqueda de las víctimas, la remoción de los factores estructurales de impunidad y la eventual reconstrucción de la identidad. 2. Requerir al Estado que remita, de considerarlo pertinente, en el plazo improrrogable que vence el 12 de marzo de 2014, las preguntas que estime pertinentes formular a través de la Corte Interamericana a las presuntas víctimas y peritos indicados en el punto resolutivo primero de la presente Resolución. Las declaraciones y peritajes requeridos en el punto resolutivo primero deberán ser presentados a más tardar el 26 de marzo de 2014. 3. Requerir a los representantes y a la Comisión que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las preguntas del Estado, las presuntas víctimas y los peritos propuestos incluyan las respuestas respectivas en sus declaraciones rendidas ante fedatario público, de conformidad con el párrafo considerativo 28 de la presente Resolución. 4. Disponer que, una vez recibidas las declaraciones y peritajes requeridos en el punto resolutivo primero, la Secretaría de la Corte Interamericana los transmita a las partes y a la Comisión Interamericana, para que el Estado y los representantes presenten sus observaciones, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo considerativo 28 a más tardar con sus alegatos finales escritos. 5. Convocar a los representantes, a la República de El Salvador y a la Comisión Interamericana a una audiencia pública que se celebrará durante el 50° Período Extraordinario de Sesiones, que se realizará en San José de Costa Rica, el día 1 de abril de 2014, a partir de las 09:00 horas, para recibir sus alegatos finales orales y observaciones finales orales, respectivamente, sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas, así como las declaraciones de las siguientes personas: A) Presuntas víctimas Propuestos por los representantes: 1) María Juliana Rochac Hernández, quien declarará sobre los hechos concernientes a la presunta desaparición forzada de su hermano José Adrián Rochac Hernández, así como sobre los alegados daños ocurridos a su familia a raíz de los mismos y de la presunta ejecución de su madre María Silveria Rochac y de su hermano Sergio Antonio, particularmente en lo que se refiere al alegado desarraigo forzado de su familia de su lugar de origen y a las alegadas afectaciones psicosociales que se habrían generado por la incertidumbre de no saber el paradero de su hermano José Adrián Rochac Hernández. 2) José Arístides Bonilla Osorio, quien declarará sobre las circunstancias en las que habría desaparecido su hermano Manuel Antonio Bonilla Osorio; las acciones que habrían emprendido para su búsqueda, y las alegadas afectaciones psicosociales que le habría generado la desaparición. B) Perito Propuesta por los representantes: 1) Martha Cabrera, psicóloga, quien emitirá dictamen sobre las consecuencias transgeneracionales del trauma ocasionado en los casos de niñez desaparecida, y el impacto social a mediano y largo plazo.

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