México (en adelante la “PGJDF”) el 19 de septiembre de 2007, indicando como presunto responsable de la muerte de la señora Digna al señor a R.A.A. 177. Durante su declaración, el señor Isaías Torres manifestó que él y su familia corrían el riesgo de ser agredidos por dicho señor por el hecho de que él había declarado ante la PGJDF 178. El Tribunal advierte que el señor Javier Torres habría sido detenido, torturado e interrogado el 3 de diciembre de 2008 179, y posteriormente, fue encontrado muerto el 19 de abril de 2011 180. 121. Adicionalmente, resulta relevante destacar que las pruebas testimoniales practicadas a los campesinos de la región no tomaron en consideración su situación vulnerable en relación con las dinámicas delictivas de la zona, sino que se trataron de diligencias ordinarias por exhorto, con preguntas habituales, preestablecidas, contrarias a las recomendaciones del informe preliminar que elaborara la Comisión Interamericana el 28 de marzo de 2002 181. En cuanto a las pruebas testimoniales de los campesinos de la región, se destaca que, debido a las particularidades del presente caso y los riesgos que enfrentaban los posibles testigos interrogados a sufrir represalias, estas requerían de una metodología especial más allá de la rutinaria práctica de comisionar al funcionario de la zona para que evacue un cuestionario enviado previamente, sin que tenga la posibilidad del conocimiento del expediente, de la finalidad de la prueba y del contexto en el que la misma se desarrolla. Por el contrario, las declaraciones continuaron practicándose por exhorto a las autoridades de la Procuraduría de Guerrero con competencia en esa región y a quienes la comunidad ha cuestionado por sus vínculos con los “caciques” y las actividades ilícitas que allí se desarrollaban 182, lo cual obstaculiza la obtención de testimonios fiables que permitan esclarecer los hechos. 122. En virtud de lo anterior, el Tribunal considera que el Estado no tomó medidas adecuadas para identificar a declarantes que podrían tener algún temor en declarar ni tampoco adoptó medidas de protección a favor de testigos vinculados con la muerte de la señora Digna Ochoa, lo cual, inevitablemente, pudo influir en el resultado fiable de algunos de los testimonios. b.2 Utilización de estereotipos de género 123. Este Tribunal ya ha resaltado en numerosas ocasiones la importancia de reconocer, visibilizar y rechazar los estereotipos de género negativos, que son una de las causas y consecuencias de la violencia de género en contra de la mujer, a fin de modificar las condiciones socio-culturales que 177 Cfr. Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Decisión de 26 de noviembre de 2010 (expediente de prueba, folio 4857). 178 Cfr. Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Decisión de 26 de noviembre de 2010 (expediente de prueba, folio 4895). 179 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Decisión de 26 de noviembre de 2010 (expediente de prueba, folios 4876 y 4877). Ver también, Cimac Noticias, “Aparece con huellas de tortura Javier Torres, vinculado al caso Digna Ochoa”, noticia de 19 de diciembre de 2008. Disponible en: https://cimacnoticias.com.mx/noticia/aparece-con-huellas-detortura-javier-torresvinculado-al-caso-digna-ochoa/, Proceso, “Persiguen a testigo en caso Digna Ochoa”, noticia de 30 de diciembre de 2008. Disponible en: https://www.proceso.com.mx/204507/persiguen-a-testigo-en-caso-digna-ochoa 180 Cfr. Expansión. “La CIDH condena el asesinato del activista mexicano Javier Torres”, noticia de 25 de abril de 2011. https://expansion.mx/nacional/2011/04/25/la-cidh-condena-el-asesinato-del-activista-mexicano-javierDisponible en: torres; Ver también, MVS Noticias. “CDHDH condena muerte de líder ecologista de Petatlán, Guerrero, Javier Torres Cruz”, noticia de 20 de abril de 2011. Disponible en: https://mvsnoticias.com/noticias/policiaca/cdhdf-condena-muerte-de-liderecologista-depetatlan-guerrero-javier-torres-cruz-28/ 181 Cfr. Informe de verificación de la prueba técnica en la investigación criminal de la muerte de Digna Ochoa y Plácido realizada por la fiscalía Especial de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal de México, 27 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folios 8999 y 9003). 182 Cfr. Informe de verificación de la prueba técnica en la investigación criminal de la muerte de Digna Ochoa y Plácido realizada por la fiscalía Especial de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal de México, 27 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folio 9003). 38

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