2.6
Ana María Velasco Rodríguez
175.
Ana María Velasco Rodríguez nació el 26 de julio de 1973 127 y al momento de los hechos
estaba empleada en una tortillería128.
176.
Conforme a sus declaraciones, el 3 de mayo de 2006 fue a Texcoco a visitar a su hermano
aproximadamente a las 7:30 horas y salió con él y su cuñada a comprar alimentos con el fin de hacer compras
y al darse cuenta de que había personas “perseguidas por granaderos estatales” decidió dar la vuelta pero “ya
venían otros granaderos” por lo que tomó la decisión de introducirse en una casa a la que se metieron otras
personas por seguridad. Narró que como a las 17:30 “los granaderos” se introdujeron a la casa, arrojaron
gases y los sacaron jalándolos de los cabellos y golpeándolos con tolete. Señaló que fue golpeada con toletes y
patadas en diferentes partes del cuerpo y que durante el trayecto le exigieron que les hiciera sexo oral a
varios policías mientras que otros la manosearon y le quitaron sus pertenencias 129.
177.
Específicamente sobre lo sucedido en los trayectos, describió que fue subida al camión “a
puras patadas”, la sentaron al lado de la ventana “y empezaron a tocarle los pechos, la vagina y los glúteos,
refiriéndole que ‘era una perra, una puta y que se la iba a cargar la chingada’, que la pasaron a otro lugar y la
rodearon aproximadamente 5 elementos de la policía para tocarle los pechos y meterle los dedos en la
vagina; que uno de ellos le dijo ‘pinche perra ¿cuántas posiciones te sabes? (…) ¿cómo haces sexo oral,
sabroso?’ (…) y se bajó el cierre y se lo sacó y le empezó a hacer sexo oral; que al no poder eyacular le ordenó
‘hazlo con la mano puta’ a lo que accedió y nuevamente le ordenó que lo introdujera a la boca y en ese
momento ‘terminó y le manchó el pantalón’ que llegó otro elemento a ordenarle que hiciera lo mismo y
también a que se tragara el semen, situación que se repitió con otro elemento más (…) que además le tocaron
la vagina, los senos y los glúteos; que en ese acto le indicaron que se parara a lo que no accedió y les
argumentó que estaba reglando, lo que corroboraron al sacarle la toalla femenina por lo que dijeron ya
‘déjenla en paz’ (…) que la ropa que traía, en el interior del penal, la obligaron a lavarla” 130.
178.
Ingresó al CEPRESO el 4 de mayo de 2006131. Sobre su llegada indicó que “los obligaron a bajar
los empujaron y los obligaron a correr hasta el interior del penal, cuando ingresaron los policías, empujaron
su cabeza contra la pared, les dieron patadas en las piernas, pies y les preguntaron sus datos personales”.
Agregó que le indicó al médico legista lo sucedido, quien le dijo que “no puede hacer nada” que eso lo debía
declarar ante el Ministerio Público132.
127 Anexo 53. Registro médico de ingreso de Ana María Velasco Rodríguez de 4 de mayo de 2006 (Anexo 6 a la petición inicial
de 29 de abril de 2008).
128 Anexo 54. Fe de hechos del Visitador Adjunto de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de 12 de mayo de 2006
respecto de Ana María Velasco Rodríguez (Anexo 6 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
129 Anexo 55. Acta circunstanciada del Visitador Adjunto de 5 de mayo de 2006 respecto de Ana María Velasco Rodríguez
(Anexo 6 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 56. Certificado médico de lesiones de la CNDH de Ana María Velasco
Rodríguez de 5 de mayo de 2006 (Anexo 5 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 54. Fe de hechos del Visitador Adjunto de
la Comisión Nacional de Derechos Humanos de 12 de mayo de 2006 respecto de Ana María Velasco Rodríguez (Anexo 6 a la petición
inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 57. Opinión de la CNDH de 31 de agosto de 2006 donde consta la aplicación del Protocolo de
Estambul a Ana María Velasco Rodríguez (Anexo 6 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 58. Video contentivo de la
declaración de Ana María Velasco Rodríguez (Anexo a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 59. Declaración de Ana María
Velasco en el marco de la Averiguación Previa TOL/DR/I/466/2006 (Anexo 12 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
130 Anexo 55. Acta circunstanciada del Visitador Adjunto de 5 de mayo de 2006 respecto de Ana María Velasco Rodríguez
(Anexo 6 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 56. Certificado médico de lesiones de la CNDH de Ana María Velasco
Rodríguez de 5 de mayo de 2006 (Anexo 5 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 54. Fe de hechos del Visitador Adjunto de
la Comisión Nacional de Derechos Humanos de 12 de mayo de 2006 respecto de Ana María Velasco Rodríguez (Anexo 6 a la petición
inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 57. Opinión de la CNDH de 31 de agosto de 2006 donde consta la aplicación del Protocolo de
Estambul a Ana María Velasco Rodríguez (Anexo 6 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 58. Video contentivo de la
declaración de Ana María Velasco Rodríguez (Anexo a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 59. Declaración de Ana María
Velasco en el marco de la Averiguación Previa TOL/DR/I/466/2006 (Anexo 12 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 60.
Declaración y ampliación de denuncia de Ana María Velasco Rodríguez ante la FEVIM el 15 de junio de 2006 (Anexo 12 a la petición
inicial de 29 de abril de 2008).
131 Anexo 53. Registro médico de ingreso de Ana María Velasco Rodríguez de 4 de mayo de 2006 (Anexo 6 a la petición inicial
de 29 de abril de 2008).
132 Anexo 55. Acta circunstanciada del Visitador Adjunto de 5 de mayo de 2006 respecto de Ana María Velasco Rodríguez
(Anexo 6 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 56. Certificado médico de lesiones de la CNDH de Ana María Velasco
Rodríguez de 5 de mayo de 2006 (Anexo 5 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 54. Fe de hechos del Visitador Adjunto de
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