preparatoria el 8 de mayo de 2006. El 10 de mayo de 2006 se dictó auto de término constitucional en el que la
A169 quedó sujeta a proceso por el delito de ataques a las vías de comunicación y medios de transporte en el
expediente penal 96/2006184.
222.
En la misma recomendación, la CNDH concluyó que se “presume que servidores públicos de
las corporaciones policiacas municipales y estatales, así como de la Procuraduría General de Justicia y del
Instituto de la Defensoría de Oficio, en el Estado de México, conculcaron en perjuicio de la A169 los derechos
a la integridad física y seguridad personal, libertad personal, legalidad y seguridad jurídica”. Asimismo, se
indica que se produjeron lesiones al momento de ser detenida y durante el traslado al CEPRESO (…) se
presume fue objeto de un trato cruel y degradante. Se agrega que la detención y el allanamiento fueron sin
orden de autoridad competente.
223.
La CNDH encontró irregularidades en la integración de la averiguación previa, dentro de las
cuales se destacan: i) Desde el momento en que la A169 fue asegurada y puesta a disposición del SPEM16 a
las 21 horas de esa fecha, transcurrieron seis horas para que la Procuraduría le practicara el certificado
médico correspondiente de lesiones y psicofísico; y ii) en la diligencia de 4 de mayo de 2006 donde consta la
declaración ministerial de la A169 no se advierte que se le haya nombrado defensor de oficio no obstante
declaró que no estaba asistida por persona de confianza o abogado particular185.
224.
Según la información aportada por el Estado, Cristina Sánchez Hernández fue puesta en
libertad el 13 de mayo de 2006.
2.10
Patricia Torres Linares
225.
Patricia Torres Linares nació el 18 de abril de 1983 y al momento de los hechos su ocupación
era estudiante de ciencias políticas186.
226.
Conforme a sus declaraciones, el 3 de mayo de 2006 decidió trasladarse a Texcoco pues al
tomar conocimiento de lo que estaba sucediendo, con una compañera consideró que podrían recabar
información útil para su tesis en ciencias políticas. Describió que al llegar allí la gente les indicó que “el
problema se había trasladado” a San Salvador Atenco, por lo que se fueron a dicho lugar. Narró que como a las
6 horas del 4 de mayo de 2006 llegó un contingente de elementos de la policía que lanzaron gases
lacrimógenos por lo que llegaron a una casa donde estuvieron como 30 minutos cuando ingresaron
elementos policíacos, les pidieron que se pusieran contra la pared en ciertas posiciones y les golpearon con
tolete mientras les hicieron preguntas. Señaló que fue amenazada de ser violada sexualmente, la aventaron
contra la pared, le quitaron sus pertenencias, una sudadera que llevaba puesta y su blusa, dejándola en
brassier y luego le devolvieron parte de su ropa. Describió que los llevaron a golpes a un autobús donde había
otros detenidos y que los apilaron encima de ellos. Indicó que el autobús “tenía unas cortinas que cerraron
para que de afuera no se notara que había detenidos” y que el viaje duró aproximadamente cinco horas. Sobre
lo sucedido durante el trayecto, describió que la golpearon con toletes y que le realizaron tocamientos en los
pechos y como ella trató de defenderse la levantaron y golpearon fuertemente en las nalgas 187.
184 Anexo 86. Recomendación 38/2006 de la CNDH. Aparte relativo a Cristina Sánchez Hernández identificada como A169
(Anexo 9 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
185 Anexo 86. Recomendación 38/2006 de la CNDH. Aparte relativo a Cristina Sánchez Hernández identificada como A169
(Anexo 9 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
186 Anexo 87. Registro médico de ingreso de Patricia Torres Linares, inicialmente identificada como Marisol Larios Carvajal, de
4 de mayo de 2006 (Anexo 10 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
187 Anexo 88. Acta circunstanciada del Visitador Adjunto de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de 6 de mayo de 2006
respecto de Patricia Torres Linares, inicialmente identificada como Marisol Larios Carvajal (Anexo 10 a la petición inicial de 29 de abril
de 2008); Anexo 89. Certificado médico de lesiones de la CNDH de Patricia Torres Linares, inicialmente identificada como Marisol Larios
Carvajal de 17 de mayo de 2006 (Anexo 10 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 90. Declaración de Patricia Torres Linares
en el marco de la Averiguación Previa TOL/DR/I/466/2006 (Anexo 12 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 91.
Declaración de Patricia Torres Linares ante la FEVIM el 19 de junio de 2006 (Anexo 12 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
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