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designados para asistir y representar a cuatro de los imputados, a saber, José Agapito Ruano Torres,
José Ruano López, José Orellana Pérez y José León Pérez52. Conforme al escrito de dicha audiencia, se les
preguntó a los imputados si querían rendir su declaración sobre los hechos, a lo que ellos manifestaron,
incluyendo José Agapito Ruano Torres, que se abstenían de declarar53. El señor Ruano Torres manifestó
posteriormente que él quería señalar que a él no se le conoce como el chopo sino a su hermano Rodolfo,
pero su defensa no se lo permitió al decirle que "lo que el reo diga no se le cree y le es tomado en su
contra"54.
69.
El mismo día, el Juzgado de Paz de Tonacatepeque ordenó la instrucción formal de la
causa y decidió mantener la detención de todos los imputados en base a la declaración judicial de
Francisco Amaya Villalta55. Asimismo, el 27 de octubre de 2000, el Juzgado de Primera Instancia de
Tonacatepeque dictó auto de instrucción formal en contra de las personas procesadas, también en base
a la declaración judicial de Francisco Amaya Villalta56.
70.
Pedro Torres Hércules, peticionario y primo de la presunta víctima, residía en Guatemala
al momento de los hechos. Luego de enterarse de la detención de José Agapito Ruano Torres, decidió
viajar a El Salvador a fin de preguntarle qué es lo que había sucedido57. Conforme a una declaración
posterior del señor Torres Hércules, José Agapito Ruano Torres le indicó que, mientras se encontraba
durmiendo luego de haber trabajado durante todo el día en la reconstrucción de una escuela,
numerosos agentes policiales ingresaron a su domicilio, golpeándolo y arrastrándolo por el suelo58. En
vista de esta situación, el señor Torres Hércules afirmó que realizaría las medidas necesarias para
demostrar la inocencia del señor Ruano Torres59.
71.
De esta forma, el 30 de octubre de 2000, Pedro Torres Hércules denunció ante la Unidad
de Investigación Disciplinaria de la Policía Nacional Civil que José Agapito Ruano Torres fue agredido
mediante "abuso de autoridad, maltratos físicos, morales y psicológicos" en el momento de su
detención60.
52
Anexo 1. Juzgado de Paz de Tonacatepeque, Audiencia Inicial, 20 de octubre de 2000, foja 299, expediente criminal
77-2001-2.
53
Anexo 1. Juzgado de Paz de Tonacatepeque, Audiencia Inicial, 20 de octubre de 2000, foja 299, expediente criminal
77-2001-2.
54
Anexo 1. Escrito de José Agapito Ruano Torres al Juez del Tribunal Segundo de Sentencia, de fecha 6 de septiembre
de 2000, foja 546, expediente criminal 77-2001-2.
55
Anexo 1. Juzgado de Paz de Tonacatepeque, Audiencia Inicial, 20 de octubre de 2000, foja 303, expediente criminal
77-2001-2.
56
Anexo 1. Escrito del Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, de fecha 27 de octubre de 2000, foja 334,
expediente criminal 77-2001-2.
57
Anexo 7. Declaración de Pedro Torres Hércules a la Comisión de Derechos Humanos de El Salvador. Anexo a las
observaciones del peticionario de fecha 19 de marzo de 2009.
58
Anexo 7. Declaración de Pedro Torres Hércules a la Comisión de Derechos Humanos de El Salvador. Anexo a las
observaciones del peticionario de fecha 19 de marzo de 2009.
59
Anexo 7. Declaración de Pedro Torres Hércules a la Comisión de Derechos Humanos de El Salvador. Anexo a las
observaciones del peticionario de fecha 19 de marzo de 2009.
60
2001-2.
Anexo 1. Escrito de la Fiscalía Subregional de Apopa, de fecha 18 de abril de 2011, foja 420, expediente criminal 77-