50
125.50
En el mes de septiembre de 2004 la Fiscalía realizó nuevas investigaciones,
recibiendo declaraciones y practicando inspecciones que permitieron individualizar e
identificar al presunto jefe financiero de las AUC para la época de los hechos. El 8 de
septiembre de 2004 se dispuso su vinculación a la investigación, se impuso medida de
aseguramiento consistente en detención preventiva y se ordenó su captura.
125.51
El 8 de julio de 2005 el Juzgado Primero Especializado de Antioquia profirió
sentencia condenatoria en contra de los señores Jorge Alexander Sánchez Castro, Teniente
del Ejército Nacional, a 31 años, por los delitos de concierto para delinquir y homicidio
agravado; Gilberto Antonio Tamayo Rengifo a 12 años, por los delitos de concierto para
delinquir y homicidio agravado; Orlando de Jesús Mazo Mazo a 12 años, por los delitos de
concierto para delinquir y homicidio agravado, y Carlos Antonio Carvajal Jaramillo a 7 años,
por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado. Por su muerte, se dispuso
cesación de procedimiento respecto de Hernando de Jesús Álvarez Gómez.
125.52
ejecutada.
v)
La orden de detención en contra de Orlando de Jesús Mazo no ha sido
Procesos disciplinarios en relación con La Granja
125.53
El 4 de mayo de 2000 la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares
resolvió archivar la indagación preliminar adelantada contra los oficiales del Ejército, Mayor
Jorge Enrique Fernández Mendoza y Teniente Jorge Alexander Sánchez Castro, al encontrar
que éstos no incurrieron en omisión constitutiva de falta disciplinaria. Además, dicha
Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares compulsó copias del fallo a la Procuraduría
Regional de Antioquia, por razones de competencia, para que ésta adelantara una
investigación disciplinaria en contra de José Vicente Castro, Comandante de la Estación de
Policía de Ituango.
125.54
El 19 de septiembre de 2001 la Procuraduría Regional de Antioquia resolvió
declarar la prescripción de la acción disciplinaria contra el señor José Vicente Castro, en
aplicación de los artículos 34 y 54 de la Ley 200 de 1995, por haber transcurrido más de
cinco años de la ocurrencia de los hechos en La Granja de 11 de junio de 1996.
B.
i)
Hechos relativos a El Aro
La incursión armada
125.55
Una vez consumada la incursión en La Granja, miembros de la sociedad civil
del Municipio de Ituango elevaron numerosas comunicaciones a distintas autoridades
estatales con el fin de solicitarles la adopción de medidas para garantizar la vida y la
integridad personal de la población civil amenazada por el accionar de los grupos al margen
de la ley. Entre estas personas se destacó el abogado y defensor de derechos humanos
Jesús María Valle Jaramillo, quien elevó comunicaciones a las autoridades departamentales
informándoles sobre la presencia paramilitar en la región. El 20 de noviembre de 1996 se
comunicó con el Gobernador de Antioquia y con el Defensor del Pueblo de Medellín con el fin
de solicitar protección para la población de Ituango. Dicha solicitud fue reiterada y ampliada
el 20 de enero de 1997 por la entonces Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz. En
esa oportunidad, la petición de protección y atención a la zona se remitió también a las
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