65
que la muerte de Dora Luz Areiza Arroyave no estaba “comprobada debidamente, a través
del registro civil de defunción, prueba que no puede ser reemplazada por testimonios”, por lo
cual negó las pretensiones de la demanda.
El desplazamiento interno en Colombia y sus consecuencias en el caso de los
corregimiento de La Granja y El Aro
125.104
El problema del desplazamiento forzado interno en Colombia, cuya dinámica
actual tuvo su inicio en la década de los años ochenta, afecta a grandes masas poblacionales
y se va agravando progresivamente. Según fuentes gubernamentales, de 1995 a 2002 se
registraron 985.212 personas desplazadas. Según el Alto Comisionado de Naciones Unidas
para los Derechos Humanos, si bien se ha observado una reducción en el número de nuevos
casos de desplazamiento, en 2004 el número total de desplazados aumentó en relación con
años anteriores. La Red de Solidaridad Social tiene registrados alrededor de 1.5 millones de
personas desplazadas153, mientras que otras fuentes gubernamentales hablan de entre 2.5 y
3 millones de desplazados154.
125.105
Se ha determinado que la crisis humanitaria provocada por el fenómeno del
desplazamiento interno es de tal magnitud que implica una violación “masiva, prolongada y
sistemática” de diversos derechos fundamentales de este grupo155.
125.106
Los motivos y las manifestaciones de la vulnerabilidad acentuada en los
desplazados han sido caracterizadas desde diversas perspectivas. Dicha vulnerabilidad es
reforzada por su proveniencia rural y se han determinado graves repercusiones psicológicas
en las personas afectadas. Este problema afecta con especial fuerza a las mujeres, quienes
principalmente son cabezas de hogar y representan más de la mitad de la población
desplazada. En general, las mujeres, los niños y los jóvenes son los grupos más afectados
por el desplazamiento. La crisis del desplazamiento interno provoca, a su vez, una crisis de
seguridad, dado que los grupos de desplazados internos se convierten en un nuevo foco o
recurso de reclutamiento para las propios grupos paramilitares, de narcotráfico y de la
guerrilla. El retorno de los desplazados a sus hogares carece, en muchos casos, de las
condiciones necesarias de seguridad y de dignidad para ellos156.
153
Cfr. Registro Único de Población Desplazada, número acumulado de personas incluidas por desplazamiento
hasta el 31 de agosto del 2005 (http://www.red.gov.co/Programas/Apoyo_Integral_ Desplazados/Registro_SUR/
Registro_SUR_Agos_31_2005/Registro_SUR_Sept_10_web_Acumulado.htm).
154
Cfr. sentencia T025 de 22 de enero de 2004, emitida por la sala Tercera de Revisión de la Corte
Constitucional (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda, tomo III, anexo 30, ff. 4363 a
4747hh); Informe Anual de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario 2002 y Avances Periodo
Presidencial 2003, emitido por el Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia, pág. 81; Informe de la
Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en
Colombia, E/CN.4/2005/10, 28 de febrero de 2005, párr. 14; datos de la Sala de Asistencia Humanitaria de Naciones
Unidas, estadísticas de la Red de Solidaridad Social; y datos proporcionados por el asesor presidencial para la Acción
Social,
Luis
Alfonso
Hoyos,
ttp://eltiempo.terra.com.co/hist_imp/HISTORICO_IMPRESO/poli_hist/2005-0519/ARTICULO-WEB-NOTA_ INTERIOR_HIST-2073692.html.
155
Cfr. sentencia T025 de 22 de enero de 2004, emitida por la sala Tercera de Revisión de la Corte
Constitucional (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda, tomo III, anexo 30, ff. 4363 a
4747hh).
156
Cfr. sentencia T025 de 22 de enero de 2004, emitida por la sala Tercera de Revisión de la Corte
Constitucional (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda, tomo III, anexo 30, ff. 4363 a
4747hh); sentencia T-721/03 de 20 de agosto de 2003, emitida por la Sala Octava de Revisión de la Corte
Constitucional; Programa Nacional de atención integral a la población desplazada por la violencia - CONPES –
Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, documento 2804 de 13 de septiembre de 1995, Departamento
Nacional de Planeación del Ministerio del Interior; Economic, Social and Cultural Rights, Report of the Special
Rapporteur on adequate standard of living, E/CN.4/2005/48, 3 march 2005, para. 38; e Informe del Alto
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