35 a las diferentes localidades. Además, por esos tiempos estaban en pleno apogeo los cultivos de amapola, lo cual trajo consigo la disputa por el dominio del área. Se conocía de la presencia en la zona de Antioquia de grupos paramilitares. La situación se tornó “difícil” por las amenazas de estos grupos al margen de la ley. El Batallón Girardot para ese entonces tenía limitaciones, pues no tenía la capacidad de “mantener el control territorial en razón a que la jurisdicción de esa unidad […] era muy extensa”. Debido a que esa zona fue objeto de una “incursión guerrillera” en 1995, a unos dieciocho o veinte kilómetros del corregimiento de La Granja, se instaló una compañía militar de aproximadamente ciento veinte hombres que tenían el desarrollo de operaciones en diferentes sectores del Municipio de Ituango. El tiempo razonable para desplazarse hacia La Granja era de unos cinco, seis o siete días, dependiendo la situación de amenaza; y hacia El Aro fácilmente se demoraría unos quince días. Tras un aviso por parte de la población civil de que se encontraban en riesgo, las autoridades militares debían primero analizar cuáles eran los riesgos y la amenaza y entonces aplicar “las normas establecidas para hacer [los] desplazamientos mediante una orden de operaciones”. El tiempo que se invertía usualmente en la planificación de las operaciones podía durar de ocho días a un mes, dependiendo de cómo y por cuántas fuentes llegara la información. De la población civil se buscaba el apoyo de información pero no se podía “obligar a la población civil a que [hiciera] algún procedimiento militar o táctico”. PERITAJES d) Perito propuesto por la Comisión Interamericana 1. Rodrigo Uprimny Yepes, abogado En la jurisdicción contencioso administrativa de Colombia existe la posibilidad de interponer diferentes acciones, las más importantes son: la acción de nulidad, la acción de nulidad y restablecimiento, así como la acción de reparación directa. Por medio de la “acción de nulidad” se puede pedir la anulación de un acto administrativo por distintos factores establecidos en la ley. Esta acción pública ciudadana no tiene término de caducidad. La “acción de nulidad y restablecimiento” es aquella por medio de la cual un particular afectado puede solicitar no sólo la anulación del acto administrativo, sino el restablecimiento en su derecho y eventualmente una reparación. Esta acción expira a los cuatro meses a partir de la notificación del correspondiente acto administrativo. A través de la acción de “reparación directa” una persona puede demandar al Estado ante la jurisdicción contenciosa administrativa con el fin de obtener una declaración de responsabilidad por un daño antijurídico que la víctima no tiene por qué soportar y una orden de reparación consistente en una indemnización monetaria. La acción que parecería idónea para ser planteada frente a los acontecimientos que se analizan en el presente caso es la “acción de reparación directa”, la cual tiene un término de caducidad de dos años a partir de la ocurrencia de los hechos. La jurisdicción contencioso administrativa ha tenido algunos “logros” en materias relacionadas con derechos humanos. Existe “cierta similitud entre la jurisdicción contencioso administrativo y la jurisdicción internacional en derechos humanos”. Sin embargo, el recurso contencioso administrativo de reparación directa “no es un sustituto idóneo” de la jurisdicción internacional de los derechos humanos, pues tiene obvias limitaciones debido a su naturaleza, reglamentación y limitaciones fácticas funcionales.

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