la suspensión condicional de la ejecución de la pena por el lapso de un año, durante el cual la presunta víctima
quedó sujeto a un régimen de prueba bajo cumplimiento de las siguientes condiciones: a) no cambiar de
residencia sin autorización del Tribunal, b) presentarse al delegado de prueba las veces que así lo disponga, c)
presentarse en la sede del Tribunal cada tres meses, y d) cumplir cualquier otra condición que le imponga el
delegado de prueba, y e) privarse de visitar personas involucradas con el hecho que se le imputó. Asimismo,
el juez ordenó la suspensión de la medida de prohibición de salida del país; sin embargo, indicó que “si el
penado necesita o pretende salir fuera del territorio venezolano, deberá participar al Juzgado y acompañar
debidamente los recaudos necesarios que avalen la salida a fin de verificar el lugar en el extranjero donde
permanecería, los motivos de su salida debidamente señalados y el tiempo de permanencia”40. De lo
informado por la presunta víctima, el delegado de prueba asignado habría impuesto al peticionario un
régimen de presentación adicional cada semana, acompañado de sus familiares y la prohibición de dar
declaraciones públicas, so pena de la revocatoria del beneficio de libertad41.
47.
El 18 de enero de 2008, la Fiscal Auxiliar Décima Cuarta del Ministerio Público con
Competencia a Nivel Nacional en materia de Ejecución de Sentencia interpuso recurso de apelación contra la
decisión de suspensión condicional de la pena. La Sala Novena de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial
Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante sentencia del 27 de mayo de 2008, declaró inadmisible el
recurso, al determinar la falta legitimación activa del Ministerio Público42.
48.
El 4 de marzo de 2009, el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
del Circuito Judicial Penal en el Área Metropolitana de Caracas, decretó la libertad plena del peticionario. Esta
decisión se tomó con base en el cumplimiento por parte de la presunta víctima del lapso de prueba
establecido y de todas las obligaciones impuestas43.
49.
El 7 de octubre de 2009, la presunta víctima interpuso un recurso de amparo, mediante el
cual alegó que, a pesar de haber cumplido la condena que le fue impuesta, la Comisión Electoral de la
Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela lo inhabilitó políticamente de forma
indefinida, en violación de sus derechos constitucionales44. El 25 de noviembre de 2009, el Tribunal Supremo
[… continuación]
1. Que el penado no sea reincidente, según certificado expedido por el Ministerio del Interior y Justicia;
2. Que la pena impuesta en la sentencia no exceda de cinco años;
3. Que el penado se comprometa a cumplir las condiciones que le imponga el tribunal o el delegado de prueba;
4. Que presente oferta de trabajo; y
5. Que no haya sido admitida en su contra, acusación por la comisión de un nuevo delito, o no le haya sido revocada cualquier
fórmula alternativa de cumplimiento de pena que le hubiere sido otorgada con anterioridad. Si el penado hubiere sido condenado
mediante la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, y la pena impuesta excediere de tres años, no podrá serle acordada
la suspensión condicional de la ejecución de la pena. Cfr. Código Orgánico Procesal Penal y sus reformas. Asamblea Nacional de la
República Bolivariana de Venezuela. Libro Tercero. De los Procedimientos Especiales. Libro Quinto. De la Ejecución de la Sentencia.
Capítulo III. De la Suspensión condicional de la Ejecución de la Pena, de las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena y de la
Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio. Art. 494. 2 de octubre 2001.
40 Anexo 8. Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana
de Caracas. Sentencia de suspensión condicional de la Pena. Causa No. 142906. 20 de diciembre de 2007. Comunicación del peticionario
recibida el 22 de febrero de 2008.
41
Escrito del peticionario de fecha 19 de febrero de 2007 y anexos.
42 Anexo 9. Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Sentencia de 27 de mayo de
2008. Causa No. 2261-08. Comunicación del Estado de 2 de octubre de 2008.
43 Anexo 10. Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área
Metropolitana de Caracas. Causa No. 9E-1429-06. Sentencia de 4 de marzo de 2009. Comunicación del peticionario recibida el 7 de julio
de 2009.
44 Anexo 11. Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Sentencia No. 151 de 25 de noviembre de 2009. Comunicación del
peticionario del 20 de abril de 2010.
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