35 cuerpos quemados, desmembrados o en alto grado de descomposición lo que les dificultó la identificación de sus seres queridos. Otras personas lograron identificar los cuerpos de familiares, amigos y vecinos, y procedieron a su entierro tanto en fosas comunes como en tumbas individuales, según fueran las circunstancias. Debido a ello, al momento de colaborar en las exhumaciones que se narran posteriormente, algunos sobrevivientes pudieron indicar con exactitud el sitio donde habían enterrado a sus familiares y conocidos110, mientras que otros manifestaron la total incertidumbre del lugar donde habían quedado los cuerpos111. 112. Con ocasión a las masacres, debido al terror causado en la poca población sobreviviente, a la destrucción masiva de viviendas y a la eliminación de sus medios de subsistencia, muchas personas partieron a la República de Honduras para refugiarse e intentar iniciar una nueva vida. Las declaraciones disponibles indican que algunas personas retornaron a El Salvador aproximadamente a inicios de los años 90112. No se cuenta con un listado total de las personas que tuvieron que desplazarse a Honduras como consecuencia de las masacres. Tampoco se cuenta con información más detallada sobre cuántas personas retornaron a El Salvador y cuántas permanecieron fuera del país durante más tiempo. 113. De la prueba que obra en el expediente, las personas que se desplazaron a Honduras como consecuencia de las masacres son: 114. Aproximadamente 15 víctimas identificadas. 115. Durante varios años, las masacres de El Mozote y lugares aledaños permanecieron encubiertas. De acuerdo al informe del IDHUCA “un vocero del ejército, el coronel Alfonso Coto, aseguró que las versiones sobre una masacre cometida por efectivos 110 Declaración de Domingo Vigil Amaya y Juan Bautista Márquez. 14 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Domingo Vigil Amaya y Juan Bautista Márquez. 14 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de María Teófila Pereira. 14 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Rufina Amaya. 14 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Sotero Guevara Martínez. 14 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Genaro Sánchez. 14 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); y Declaración de María Amanda Martínez. 14 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 111 Declaración de Bernardino Guevara Chicas. 14 de mayo de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Hilario Sánchez Gómez. 14 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 112 Declaración de Juan Bautista Márquez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 30 de octubre de 1990. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Irma Ramos Márquez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 31 de octubre de 1990. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Hilario Sánchez Gómez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 28 de noviembre de 1990. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Bernardino Guevara Chicas ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 23 de enero de 1991. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Lucila Romero Martínez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 24 de enero de 1991. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); Declaración de Domingo Vigil Amaya ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 30 de enero de 1991. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); y Declaración de Juan Bautista Márquez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 11 de marzo de 1990. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). Ver también: Publicación de 13 de noviembre de 1991. Iglesia exige investigar brutal matanza de campesinos ocurrida en 1981. Carlos Mario Márquez. En referencia a un informe de la Oficina de Tutela Legal del Arzobispado.

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