44 Presidente de la República en tal calidad, se iniciaron el primero de junio de mil novecientos ochenta y nueve146. 145. El 26 de mayo de 1992 el Jefe de la Unidad Técnica Forense remitió oficio al Juzgado Segundo, mediante el cual informó que se designaron personas para las inspecciones planeadas. Las personas eran un técnico en análisis del suelo, dos técnicos planimetristas y un fotógrafo. El 27 de mayo de 1992 se realizaron las juramentaciones de estas cuatro personas147. 146. El 27 de mayo de 1992 se iniciaron las inspecciones y el 1 de junio el Jefe de la Unidad Ejecutiva remitió álbum fotográfico y croquis de la inspección técnica ocular practicada en el caserío el Mozote del cantón Guacamaya de la jurisdicción de Meanguera, departamento de Morazán148. En el acta de la inspección se indica que con la ayuda de Rufina Amaya y de Desiderio Márquez, ambos sobrevivientes, se recorrieron los lugares a los cuales correspondían las casas de algunos habitantes de El Mozote y en las cuales fueron enterrados o abandonados cadáveres de las personas masacradas. Se constató en varios de estos lugares la existencia de osamentas humanas, así como la destrucción generalizada de las viviendas149. 147. El 29 de mayo de 1992 se recibió oficio mediante el cual se remitieron los Informes de Confirmación y Verificación de Campo Minado de 8, 26 y 27 de mayo de 1992, en los cuales se indica que un equipo de explosivistas junto con el Sub-Comandante de la Tercera Región Militar del END y funcionarios de la ONUSAL, hicieron un recorrido por el área de los caseríos Jocote Amarillo, Los Toriles, Ranchería, Cerro Pando y Guacamaya, jurisdicción de Meanguera, con el fin de confirmar la no existencia de campos minados y no fue encontrado ningún artefacto explosivo150. 148. El 3 de junio de 1992 se realizó la inspección en el cerro “El Chingo”, cantón El Mozote, jurisdicción de Meanguera, departamento de Morazán. El 9 de junio de 1992 el Jefe de la Unidad Ejecutiva remitió croquis y álbum fotográfico sobre esta inspección técnica ocular151. 149. El 15 de junio de 1992 el Juzgado Segundo emitió una resolución mediante la cual dispuso: “Recójanse las osamentas mencionadas en la inspección realizada en el 146 Comunicación del Ministerio de la Presidencia de 19 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); y Decisión del Juez Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera de 27 de septiembre de 1993 (Anexo al escrito del Estado de 14 de octubre de 1993). 147 Comunicación del Jefe de la Unidad Técnica Forense de 26 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); y Decisión del Juez Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera de 27 de septiembre de 1993 (Anexo al escrito del Estado de 14 de octubre de 1993). 148 Decisión del Juez Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera de 27 de septiembre de 1993 (Anexo al escrito del Estado de 14 de octubre de 1993). 149 Constancia de Inspección de 27 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 150 Comunicación del Ejército Nacional para la Democracia de 29 de mayo de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); y Decisión del Juez Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera de 27 de septiembre de 1993 (Anexo al escrito del Estado de 14 de octubre de 1993). 151 Constancia de Inspección de 3 de junio de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); y Decisión del Juez Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera de 27 de septiembre de 1993 (Anexo al escrito del Estado de 14 de octubre de 1993).

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