13 50. Otro beneficio monetario se trató de un bono compensatorio extraordinario también en su condición de exonerado político de conformidad con la Ley 20.134 promulgada en noviembre de 34 2006 , según la cual le correspondía un monto de 1.900.000 pesos chilenos. Este bono fue depositado 35 en la cuenta del Sr. García Lucero el 29 de enero de 2008 , sin embargo, se le descontaron 140.943 debido a impuestos, razón por la cual la suma consignada en dicha oportunidad fue de 1.759.057 pesos 36 chilenos . En relación con la devolución del monto descontado por concepto de impuestos, existe una discrepancia entre las partes: el Estado indica que en diciembre de 2008 se le consignó al Sr. García Lucero la suma de 140.943 pesos por concepto de devolución de impuestos, dado que inicialmente se 37 había determinado que dicho bono estaba sujeto a tributación ; mientras que los peticionarios alegan 38 que esta cantidad no ha sido devuelta . 51. El 14 de junio de 2006 el Sr. García Lucero recibió un bono único de tres millones de 39 40 pesos chilenos , de conformidad con la Ley 19.992 promulgada en 2004 y de su Reglamento de 41 2005 , al haber optado por recibir la pensión por exonerado político. El Sr. García Lucero decidió continuar con la calidad de exonerado político –por encima de la calificación como víctima de tortura-, 42 debido a la posibilidad de que su esposa pudiera heredar su pensión en caso de su muerte . D. Situación actual del Sr. García Lucero y de su esposa, la Sra. Elena García. Efectos de la tortura y del exilio 52. El Sr. García Lucero nació el 15 de septiembre de 1933, es decir tiene, al mes de marzo 43 de 2011, 77 años . Su esposa, la Sra. Elena García nació el 1 de noviembre de 1930, es decir, tiene, al 44 mes de marzo de 2011, 80 años . 53. El Sr. García Lucero fue diagnosticado con Trastorno de Estrés Postraumático (PTSD – Post Traumatic Stress Disorder) de tipo severo y complejo debido a la tortura y sufre de depresión 34 Anexo 7. Ley 20.134 que concede un bono extraordinario a los exonerados por motivos políticos que indica. Fecha de promulgación: 8 de noviembre de 2006. 35 Anexo 13. Comunicación de los peticionarios recibida el 9 de diciembre de 2009, párr. 7. Anexo 10. Comunicación del Estado recibida el 5 de octubre de 2009. 36 Anexo 13. Comunicación de los peticionarios recibida el 9 de diciembre de 2009, párr. 7. 37 Anexo 10. Comunicación del Estado recibida el 5 de octubre de 2009. 38 Anexo 13. Comunicación de los peticionarios recibida el 9 de diciembre de 2009. 39 Anexo 14. Comunicación del Estado recibida el 10 de diciembre de 2008. Véase también Anexo 11. Comunicación de los peticionarios fechada del 19 de diciembre de 2008, y recibida el 22 de diciembre siguiente, párr. 47. 40 Anexo 15. Ley 19.992 que establece pensión de reparación y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica. Fecha de promulgación: 24 de diciembre de 2004, artículos 2 y 4. 41 Anexo 16. Reglamento sobre concesión y pago de pensión y bonos establecidos en la Ley 19.992. Fecha de publicación en el Diario Oficial de la República de Chile: 14 de marzo de 2005, artículos 5 y 6. 42 Alegato de los peticionarios no controvertido por el Estado. Anexo 11. Comunicación de los peticionarios fechada del 19 de diciembre de 2008, y recibida el 22 de diciembre siguiente, párr. 46. Véase asimismo el artículo 15 de la Ley 19.234 que establece la generación de pensiones de sobrevivencia no contributivas para los causahabientes de los exonerados políticos. Anexo 12. Ley 19.234 que establece beneficios previsionales por gracia para personas exoneradas por motivos políticos en lapso que indica y autoriza al Instituto de Normalización Previsional para transigir extrajudicialmente en situaciones que señala. Fecha de Promulgación: 5 de agosto de 1993. 43 Anexo 17. Informe Psiquiátrico de Leopoldo García Lucero, Dra. Nuria Gené-Cos (LMS, MRCPsych, Consultant Psychiatrist, Trauma Specialist & Section 12 Approved Doctor), 11 de diciembre de 2007. Informe aportado por los peticionarios indicado como “Anexo 5” a la comunicación recibida el 28 de octubre de 2008. Informe no controvertido por el Estado. Versión original en inglés; los términos utilizados fueron traducidos por la CIDH. 44 Anexo 17. Informe Psiquiátrico de Elena García, Dra. Nuria Gené-Cos (LMS, MRCPsych, Consultant Psychiatrist, Trauma Specialist & Section 12 Approved Doctor), 11 de diciembre de 2007. Informe aportado por los peticionarios indicado como “Anexo 5” a la comunicación recibida el 28 de octubre de 2008. Informe no controvertido por el Estado. Versión original en inglés; los términos utilizados fueron traducidos por la CIDH.

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