76 267. El 6 de octubre de 1987 los familiares solicitaron la reactivación del caso y el 7 de septiembre de 1999, ante la aparición del Diario Militar, los familiares pidieron que se reabra el caso en virtud de la nueva prueba aportada336. El 14 de junio de 2004 la señora Aura Elena Farfán presentó un memorial al Fiscal General de la República solicitando el nombramiento de Juez Contralor en la investigación del caso Diario Militar. Los familiares también acudieron a FAMDEGUA337. 268. El caso de la víctima se encuentra incluido en el Informe de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico338. 269. El Estado informó que en el año 1999 se recibió la ficha general de datos de la víctima y se recibió la declaración a su hermana. En el año 2002 se solicitó información al TSE y al SAT y la certificación de la cédula de vecindad y la partida de nacimiento. En el año 2006 se solicitó información al Departamento de Tránsito, a la Dirección General de Migración, al Departamento de Registro y Estadística de la USAC, a la AEU, al RTU-SAT, nuevamente la certificación de la partida de nacimiento y asiento de cédula de la víctima y su hermana. En el año 2008 se solicitó información a la Procuraduría de los Derechos Humanos, al Programa Nacional de Resarcimiento y a la Fundación de Antropología Forense339. 270. En los registros del Archivo de la Policía consta una información confidencial de 3 de noviembre de 1983 (No. 2-1230-IO/83) que establecía que en las instalaciones de la Dirección General de Caminos se distribuía propaganda subversiva y que algunos empleados portaban armas de fuego. Según esos registros también, el 27 de septiembre de 1984, la hermana de la víctima Aura Elena Farfán declaró ante la Dirección de Investigaciones Técnicas y a pesar de las diligencias vinculadas con los recursos de habeas corpus, la víctima no estaba registrada como detenida en dependencias policiales340. 271. De acuerdo a la información proporcionada por los peticionarios y no controvertida por el Estado, se han identificado como familiares afectados por la desaparición forzada de Rubén Amílcar Farfán, a las siguientes personas: Aura Elena Farfán (hermana de la víctima y peticionaria), Adela Farfán Izquierdo (madre de la víctima), Luis Alberto Velásquez Farfán (hermano de la víctima), Aura Elena Suchini Farfán (sobrina de la víctima), Manuel Antonio Mendoza Farfán (sobrino de la víctima) y Mario Alfredo Farfán (sobrino de la víctima)341. 336 Consta en expediente ante CIDH. Caso 9.554. Escrito de la peticionaria, Aura Elena Farfán, recibido el 7 de setiembre de 1999. El caso fue tratado en una resolución general sobre desaparición forzada en Guatemala 25/86. 337 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XL-R. Ficha de información de la víctima en FAMDEGUA. 338 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XL-I. Comisión para el Esclarecimiento Histórico, Guatemala. Memoria del Silencio, Tomo VI, Casos ilustrativos, Anexo I, Caso Ilustrativo No 48, pp. 145153. 339 Escrito del Estado recibido el 17 de octubre de 2008. Anexo XIX. Solicitud de información cursada por el Ministerio Público a la Procuraduría de los Derechos Humanos el 14 de abril de 2008, folio 157; solicitud de información cursada por el Ministerio Público al Programa Nacional de Resarcimiento el 11 de junio de 2008, folio 163; y solicitud de información cursada por el Ministerio Público a la Fundación de Antropología Forense el 3 de julio de 2008, folio 165. 340 Escrito del Estado recibido el 20 de marzo de 2009. Anexo B. Copia del Archivo Histórico de la Policía Nacional, folio 228. 341 Escrito de los peticionarios recibido el 22 de junio de 2010.

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