37
99.
El Diario Militar se refiere al caso de José Miguel Gudiel Álvarez con el
número 9: “(s) ERNESTO ó MANUEL. Nombre falso: RIGOBERTO ALVAREZ TOBAR.
Estudiante y reportero. Estuvo en el Frente Guerrillero No. 6 de donde se desertó. 22-09-83:
Capturado en el Parque Isabel La Católica. Enviado a Coatepeque.”
100. La desaparición forzada de José Miguel Gudiel Álvarez, y el exilio forzado de
su familia en México como resultado de la desaparición, afectaron profundamente a su
núcleo familiar. Su padre79, explicó que la detención de su hijo afectó particularmente a la
madre de José Miguel, quien nunca pudo superar el dolor de no saber qué pasó con su hijo.
Los hijos menores de la familia Gudiel se vieron forzados a abandonar sus estudios para
ayudar a la precaria economía familiar. Su hermana, Makrina Gudiel Álvarez, manifestó que
sufre mucho al pensar en su hermano y recordó el terror experimentado por la familia al
pensar en la “tortura que le estarían haciendo los militares, qué le hicieron decir (…), quién
sería el próximo de la familia” en ser detenido. A su vez, explicó que no saber qué pasó con
su hermano le causa mucha tristeza. “Rápido viene a nuestra memoria las torturas que pasó,
seguro durante su cautiverio lloró mi hermano, pidió clemencia, pidió ayuda, pensó en cada
uno de nosotros, su familia…”. Su hermana Beatriz Gudiel Álvarez, en tanto, señaló que su
mayor esperanza es encontrar a su hermano. “Es triste no saber dónde dejaron sus restos,
sólo quisiera saber dónde están sus huesos, para darle la honra que se merece80”.
101. La familia de la víctima, exiliada en México hasta 1997, no inició acciones a
nivel interno porque temía ser asesinada o desaparecida81, pero sí efectuó presentaciones
ante organizaciones humanitarias en Estados Unidos y ante la Asamblea General de las
Naciones Unidas en Ginebra82.
102. Con posterioridad a la divulgación del Diario Militar, en el año 1999, los
familiares presentaron una denuncia ante la Asociación de familiares de DetenidosDesparecidos en Guatemala (en adelante, “FAMDEGUA”)83.
103. En relación con las investigaciones internas, el Estado informó que en 1999
se recibió una declaración testimonial, se solicitó información al Estado Mayor Presidencial, a
la Municipalidad de Guatemala y a la Dirección General de Migración. En el año 2002, se
solicitaron informes al Tribunal Supremo Electoral (en adelante, “TSE”) y a la
Superintendencia de Administración Tributaria (en adelante, “SAT”). En el año 2006 se
solicitó información a la USAC, a la Asociación de Periodistas de Guatemala, al
Departamento de Tránsito, al SAT, a la Dirección General de Migración y se solicitó la
certificación de la partida de nacimiento y del asiento de cédula de la víctima y de los
familiares y se los citó para que brinden sus testimonios. En el año 2008 se entrevistó a la
hermana (en dos oportunidades) y a la madre de la víctima y se solicitó información a la
79
Florentín Gudiel Ramos fue asesinado en Guatemala el 20 de diciembre de 2004. CIDH, Petición 142004 (Florentín Gudiel Ramos, Makrina Gudiel Alvarez).
80
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXV-C. Declaración de Florentín Gudiel
Ramos del 11 de octubre de 2004; Anexo XXV-E. Declaración de Makrina Gudiel Álvarez de 13 de octubre de
2004; y Anexo XXV-H. Declaración de Beatriz Gudiel Alvarez del 13 de octubre de 2004.
81
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXV-E. Declaración de Makrina Gudiel
Álvarez del 13 de octubre de 2004.
82
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXV-C. Declaración de Florentín Gudiel
Ramos de 11 de octubre de 2004.
83
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXV-P. Ficha de información general de la
víctima en FAMDEGUA. FAMDEGUA fue una de las primeras organizaciones de víctimas y familiares en impulsar la
investigación sobre los hechos cometidos por las fuerzas estatales durante el conflicto interno. Igualmente, ver
escrito del Estado recibido el 17 de octubre de 2008. Anexo II. Ficha de información de la víctima en FAMDEGUA.
folio 2. Ver también escrito del Estado recibido el 17 de octubre de 2008. Anexo II. Declaración de Makrina Gudiel
Alvarez ante el Ministerio Público de 8 de abril de 2008, folio 44.