38 USAC, a la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles, a la Procuraduría de los Derechos Humanos, al Programa Nacional de Resarcimiento y a la Fundación de Antropología Forense de Guatemala84. 104. Makrina Gudiel Álvarez, reflexionó sobre el significado de la justicia en el contexto de la represión en Guatemala. “Narrar los hechos duele, pero a la vez es una acción que sana […]. Para mí justicia significa que el Estado reconozca que su política llegó hasta extremos crueles e inhumanos de desaparecer a una persona. […] Nosotros queremos información… ¿Qué sucedió con mi hermano? ¿Qué le hicieron a mi hermano? […] Nosotros tenemos el derecho de saber”85. En cuanto a posibles reparaciones, Makrina consideró que la principal reparación a la que pueden acceder es a la memoria. “¿Resarcimiento es construir una escuela que lleve el nombre de mi hermano? Si finalmente [construir escuelas] es responsabilidad del Estado… Para mí [resarcimiento] es que la Nación conozca, que tenga la oportunidad de que por medio del testimonio de lo que le hicieron a mi hermano [sepan que] se lo hicieron a miles, que no tienen la oportunidad como los que estamos en el Diario Militar [quienes] tenemos un hilo conductor por dónde buscar justicia”86. 105. De acuerdo a la información proporcionada por los peticionarios y no controvertida por el Estado, se han identificado como familiares afectados por la desaparición forzada de José Miguel Gudiel Álvarez, a las siguientes personas: Florentín Gudiel Ramos (padre de la víctima), María Agripina Álvarez de Gudiel (madre de la víctima), Makrina Gudiel Álvarez (hermana de la víctima y peticionaria), Yolanda Gudiel Álvarez (hermana de la víctima), Beatriz Gudiel (hermana de la víctima), José Francisco Gudiel Álvarez (hermano de la víctima), Florentín Gudiel Álvarez (hermano de la víctima) y Ana Patricia Gudiel Álvarez (hermana de la víctima)87. 4.2. Orencio Sosa Calderón88 106. Orencio Sosa Calderón tenía 39 años el 25 de octubre de 1983, al momento de su desaparición forzada. Era el sexto de siete hermanos, estaba casado y tenía cuatro hijos. Médico-cirujano de profesión, se desempeñó como Presidente de la Asociación de Médicos Residentes del Hospital San Juan de Dios en la capital de Guatemala. También trabajó en la Fundación Guatemalteca para el Desarrollo “Carroll Behrhorst”, era docente universitario en la Facultad de Ciencias Médicas de la USAC y participaba de un proyecto de investigación en esa Universidad89. 84 Escrito del Estado recibido el 17 de octubre de 2008. Anexo II. Solicitud de información cursada por el Ministerio Público a la USAC el 12 de julio de 2006, folio 20; solicitud de información cursada por el Ministerio Público a la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles el 15 de abril de 2008, folio 46; solicitud de información cursada por el Ministerio Público a la Procuraduría de los Derechos Humanos el 15 de abril de 2008, folio 48; y solicitud de información cursada por el Ministerio Público a la Fundación de Antropología Forense el 03 de julio de 2008, folio 52. 85 Escrito de los peticionarios recibido el 23 de marzo de 2009. Declaración de Makrina Gudiel Álvarez del 24 de marzo de 2008. 86 Escrito de los peticionarios recibido el 23 de marzo de 2009. Declaración de Makrina Gudiel Álvarez del 24 de marzo de 2008. 87 Escrito de los peticionarios recibido el 22 de junio de 2010. 88 Durante la visita in loco realizada por la CIDH a Guatemala en mayo de 1985, recibió información sobre la desaparición forzada de Orencio Sosa Calderón. Ver CIDH, Tercer Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República de Guatemala, 1985, citado. CAPITULO II. DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS. 89 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXVI-G. Declaración de Laurenta Marina Sosa Calderón del 18 de octubre de 2004.

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