-12en ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones, de
conformidad con los artículos 62.3, 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, 25.2 del Estatuto y 30.2 y 63 de su Reglamento,
Declara:
1.
Que, de conformidad con lo señalado en los Considerandos 18 y 22 de la presente
Resolución, el Estado ha cumplido con las obligaciones de:
a)
llevar a cabo, en el plazo de seis meses, un acto público de reconocimiento de
responsabilidad (punto resolutivo undécimo y párrafo 235 de la Sentencia), y
b)
asegurar, dentro del plazo de un año, que las 10 personas declaradas como
víctimas ejecutadas o de desaparición forzada en la presente Sentencia se
encuentren representadas en el monumento denominado “El Ojo que Llora”, en caso
de que no lo estén ya y de que los familiares de las referidas víctimas así lo deseen
(punto resolutivo duodécimo y párrafo 236 de la Sentencia).
2.
Que el Estado ha cumplido parcialmente con sus obligaciones de:
a)
realizar inmediatamente las debidas diligencias para completar eficazmente y
llevar a término, en un plazo razonable, las investigaciones abiertas y los procesos
penales incoados en la jurisdicción penal común, así como activar, en su caso, los
que sean necesarios, para determinar las correspondientes responsabilidades penales
de todos los autores de los hechos cometidos en perjuicio de las víctimas del
presente caso (punto resolutivo noveno y párrafos 224 a 228 de la Sentencia);
b)
proceder de inmediato a la búsqueda y localización de los restos mortales de
Hugo Muñoz Sánchez, Dora Oyague Fierro, Marcelino Rosales Cárdenas, Armando
Richard Amaro Cóndor, Robert Edgar Teodoro Espinoza, Heráclides Pablo Meza, Juan
Gabriel Mariños Figueroa y Felipe Flores Chipana y, si se encuentran sus restos,
entregarlos a la brevedad posible a sus familiares y cubrir los eventuales gastos de
entierro (punto resolutivo décimo y párrafo 232 de la Sentencia);
c)
publicar, en el plazo de seis meses, en el Diario Oficial por una sola vez, los
párrafos 37 a 44 y 51 a 58 del capítulo relativo al allanamiento parcial, los hechos
probados de esta Sentencia sin las notas al pie de página correspondientes, los
párrafos considerativos 81 a 98, 109 a 116, 122 a 129, 135 a 161 y 165 a 189, y la
parte resolutiva de la misma (punto resolutivo decimotercero y párrafo 237 de la
Sentencia);
d)
implementar, en un plazo razonable, programas permanentes de educación en
derechos humanos para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional,
así como para fiscales y jueces (punto resolutivo decimoquinto y párrafos 240 a 242
de la Sentencia), y
e)
pagar, en el plazo de un año, las cantidades fijadas en el párrafo 214 de la
[…] Sentencia, por concepto de compensación por daños materiales (punto resolutivo
decimosexto y párrafos 246 a 248 y 250 a 252 de la Sentencia).
3.
Que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los
puntos pendientes de acatamiento en el presente caso, a saber:
a)
realizar inmediatamente las debidas diligencias para completar eficazmente y
llevar a término, en un plazo razonable, las investigaciones abiertas y los procesos
penales incoados en la jurisdicción penal común, así como activar, en su caso, los
que sean necesarios, para determinar las correspondientes responsabilidades penales