otros, fue denunciado por el abogado de Linda Loaiza López ante la Fiscalía General de la República como un posible “clima de violencia”, que buscaba impedir la celebración de la audiencia de juicio143. 105. Por otra parte, el 3 y 15 de septiembre de 2004 el abogado de Linda Loaiza López denunció ante la Defensoría del Pueblo y la Inspectoría General de Tribunales las dilaciones que se habían presentado en el proceso, el retardo en la celebración de la audiencia de juicio, los múltiples diferimientos que se habían presentado y las solicitudes de inhibición. Denunció que algunas de las inhibiciones se habían presentado de forma irregular, luego que la defensa de los acusados presentara recusaciones que eran declaradas sin lugar. En ese sentido, solicitó que se iniciara una investigación al respecto, detallando la actuación de siete jueces y juezas que habían sido asignados al caso así como la de más de una treintena de Juzgados y Cortes que habían intervenido de alguna forma en el proceso144. En relación con ésta y la denuncia ante la Defensoría del Pueblo, no se desprenden actuaciones realizadas en el año 2004. Consta en el expediente que en el año 2006, Juan Bernardo Delgado dio respuesta a una solicitud de ampliación de la Inspectoría General de Tribunales145. De acuerdo a la información disponible, el 6 y 7 de noviembre de 2006 Linda Loaiza López y su abogado fueron notificados que se había iniciado un procedimiento disciplinario contra una de las juezas denunciadas que dictó la sentencia absolutoria referida más adelante, y respecto de la cual se indica que la Inspectoría General de Tribunales decidió posteriormente su archivo146. 106. En agosto de 2004, Linda Loaiza López realizó una huelga de hambre a las puertas del Tribunal Supremo de Justicia147. En la audiencia ante la CIDH, ella declaró que tomó esta medida de protesta para exigir la realización del juicio oral y porque para ese momento “más de 60 jueces (…) se inhibieron de conocer el caso simplemente porque el agresor es hijo de una importante figura pública en Venezuela”148. 4. Audiencia de juicio oral y sentencia absolutoria del proceso Judicial No. 20.253 107. El juicio oral fue celebrado en octubre de 2004. El 21 de octubre de 2004 se dio por culminado el acto de audiencia al término del cual el Juzgado Vigésimo de primera instancia en funciones de juicio, emitió un pronunciamiento absolutorio a favor de Luis Carrera Almoina, su padre y la empleada de la Universidad Nacional Abierta, respecto de todos los delitos que les fueron imputados149. El 5 de noviembre de 2004, el Juzgado Vigésimo dictó la respectiva sentencia con los fundamentos que motivaron tal decisión. [… continuación] Inhibición de 27 de octubre de 2003. Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo penal en funciones de juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Anexo C del escrito del Estado de 16 de enero de 2009. 143 Anexo 73. Solicitud de Juan Bernardo Delgado, en calidad de representante legal de Linda Loaiza López, ante la Fiscalía General de la República, con sello de recibido el 28 de octubre de 2003. Anexo “Carpeta No. 1, Fiscalía General” de la petición inicial de 12 de noviembre de 2007. Sobre esta denuncia, en el expediente consta una comunicación de 25 de noviembre de 2003 mediante la cual se le informa a Linda Loaiza López que se había comisionado un fiscal del Ministerio Público, para que conociera de estos hechos. La CIDH no cuenta con información sobre otras diligencias realizadas en dicha averiguación. Ver: Anexo 74. Oficio No. DDC-R-57888 de 25 de noviembre de 2003, dirigido a Linda Loaiza López, suscrito por el Director de Delitos Comunes de la Fiscalía General de la República, Ramón Alfredo Medina Martínez. Anexo “Carpeta No. 5, Asamblea Nacional” de la petición inicial de 12 de noviembre de 2007. 144 Ver: Anexo 75. Denuncia interpuesta por Juan Bernardo Delgado, ante la Defensoría del Pueblo el 3 de septiembre de 2004. Anexo “Carpeta No. 2, Defensoría del Pueblo” de la petición inicial de 12 de noviembre de 2007. Anexo 76. Denuncia interpuesta por Juan Bernardo Delgado, ante la Inspectoría General de Tribunales de 15 de septiembre de 2004. Anexo “Carpeta No. 3, Inspectoría de Tribunales” de la petición inicial de 12 de noviembre de 2007. 145 Anexo 77. Escrito de 31 de mayo de 2006 de Juan Bernardo Delgado, en representación de Linda Loaiza López ante la Inspectoría General de Tribunales. Anexo “07 Inspectoría Tribunales” del escrito de los peticionarios de 20 de junio de 2014. 146 Ver: Anexo 78. Solicitud de reconsideración interpuesta por Linda Loaiza López y su abogado ante la Inspectoría General de Tribunales, de fecha 10 de noviembre de 2006. Anexo “07 Inspectoría Tribunales” del escrito de los peticionarios de 20 de junio de 2014. 147 En el expediente ante la CIDH constan diversas notas de prensa sobre la cobertura mediática dada al juicio y las denuncias de Linda Loaiza López sobre las irregularidades del proceso. Ver: Anexo 79. Anexo “10 Notas periodísticas” del escrito de los peticionarios de 20 de junio de 2014; y Anexo 80. Notas de prensa. Anexas a la petición inicial de 12 de noviembre de 2007. 148 Audiencia de Fondo No. 17, Caso Linda Loaiza López Soto y familiares (Venezuela), 154º Período de Sesiones, marzo de 2015. Declaración de Linda Loaiza López Soto. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/multimedia/sesiones/154/default.asp 149 Actuación citada por el Estado en su escrito de observaciones de 22 de octubre de 2014, pág. 58. 32

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