entendía que una mujer "honorable" intentaría al menos defender su honor, por lo
que el delito exigía resistencia física 123. Esta lógica ya era verificable en las leyes de
la Europa medieval y se justificaba por el escaso grado de sofisticación en la
evaluación de las pruebas en los juicios (en los que se requerían signos claros de
resistencia física o testimonios visuales o auditivos) 124 y porque el objetivo de las
leyes era la protección de los valores morales - y no la autonomía sexual de la
víctima 125.
65. Cabe señalar que la resistencia de la víctima, como condición de la ilegalidad de la
acción, no abarca situaciones, como la del caso que nos ocupa, que deben ser
consideradas violación sexual. Según el resumen realizado por la Corte EDH de la
pericia recibida en el caso M.C. vs. Bulgaria (2003), muy similar al de la Sra. Losada
y al que se hace referencia en la Sentencia, existen patrones diversos de reacción
ante la violencia sexual:
The experts stated, with reference to scientific publications in several countries, that
two patterns of response by rape victims to their attacker were known: violent
physical resistance and “frozen fright” (also known as “traumatic psychological
infantilism syndrome”). The latter was explained by the fact that any experience-based
model of behaviour was inadequate when the victim was faced with the inevitability of
rape. As a result, the victim, terrorised, often adopted a passive-response model
of submission, characteristic of childhood, or sought a psychological dissociation
from the event, as if it were not happening to her.
The experts stated that all the scientific publications they had studied indicated that
the “frozen-fright pattern” prevailed. Further, they had conducted their own
research for the purposes of their written opinion in the present case. They had analysed
all the cases of young women aged 14 to 20 who had contacted two specialised
treatment programmes for victims of violence in Bulgaria during the period from 1996
to 2001, declaring that they had been raped. Cases that were too different from that of
the applicant had been excluded. As a result, twenty-five cases had been identified, in
twenty-four of which the victim had not resisted violently but had reacted with passive
submission 126.
66. La resistencia exigida por el tipo penal dificulta, además, la resolución penal de los
casos por motivos probatorios, ya que el Poder Judicial exigiría, bajo esta óptica, la
prueba física no sólo de la incapacidad de resistencia, sino también de la
demostración de la tentativa de resistir, requisitos difícilmente demostrables. Esta
situación se ve agravada por el hecho de que, por diversas razones (entre ellas el
miedo a las represalias, la pérdida del apoyo familiar o el estigma social), muchas
víctimas no denuncian inmediatamente la violencia sexual. Esto es especialmente
cierto en el caso de los niños, que pueden no darse cuenta de que los actos cometidos
contra ellos constituyen un crimen. En consecuencia, las víctimas que tardan en
denunciar la violencia se enfrentan a menudo a la dificultad - o incluso la
imposibilidad - de obtener pruebas físicas o médicas, como lesiones corporales, para
demostrar que se empleó violencia física adicional durante la violación.
67. En la mayoría de los Estados que no han llevado a cabo una reforma sustancial de la
definición de los delitos sexuales, su definición sigue basándose en estos conceptos
Ibid., p. 125-6.
Cfr. KRATZER-CRYLAN, Ceylan. Finalität, Widerstand, “Bescholtenheit”: Zur Revision der Schlüsselbegriffe
des § 177 StGB. In: Schriften zum Strafrecht (SR), Band 274. Berlin: Duncker & Humboldt (2015), p. 109;
HÖRNLE, Tatiana. #MeToo – Implications for Criminal Law? Bergen Journal of Criminal Law and Criminal
Justice, vol. 6, 2 (2018), p. 125.
125
Cfr. HÖRNLE, Tatiana. #MeToo – Implications for Criminal Law? Bergen Journal of Criminal Law and Criminal
Justice, vol. 6, 2 (2018), p. 125.
126
Cfr. CEDH. M.C. vs. Bulgaria, no. 39272/98, 2003, párr. 70-1.
123
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