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arribó . En su escrito posterior denominado “Informa Recurso de Apelación”, alegaron entre otros
aspectos que la resolución recurrida se habría limitado a legitimar el obrar del personal penitenciario
responsable de tutelar la vida de Ricardo David Videla Fernández, no obstante que los guardias son
responsables penalmente por haber omitido actuar en su deber de auxilio debido, puesto que Videla les
habría advertido de la medida que tomaría, lo cual finalmente sucedió. Así alegaron que existirían aún
“elementos suficientes para dar curso a la investigación de hecho” y solicitaron se revocara la orden de
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archivo del expediente 46824/05 .
108.
La apelación fue decidida por la Cámara Segunda del Crimen de la Provincia de
Mendoza mediante fallo del 25 de septiembre de 2006. En su decisión el tribunal consideró que el a quo
emitió una resolución fundada, debidamente motivada, considerando todos los elementos del caso,
razonando debidamente su decisión y respetando las normas y principios de valoración de la prueba, por
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lo que no hizo lugar al recurso de apelación presentado y confirmó la orden de archivo .
109.
Dentro del expediente administrativo 7808/0I/05/00105/E, caratulado “Inspección
General de Seguridad-Muerte de David Videla alias el Perro en Penitenciaría Provincial” consta que el 21
de junio de 2005 el jefe del Centro de Seguridad de la Penitenciaría de Mendoza, Franco Fattori, informó
al subdirector del Complejo San Felipe acerca de los hechos acaecidos con relación a la muerte de
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Ricardo David Videla Fernández . Asimismo, consta que el 23 de junio de 2005, el doctor Fernando
Pizarro, Jefe Administrativo de División Sanidad envió una nota al Director de la Penitenciaría Provincial
de Mendoza en la que informó que el doctor Parente, médico encargado de la Unidad 11, de máxima
seguridad, le habría manifestado que la situación en dicha unidad era “grave, ya que varios internos han
hablado de sus deseos de autoeliminación por ahorcamiento y otros métodos”. El doctor Pizarro agregó
que el sistema de encierro por 21 horas estaría provocando severo malestar a los internos y por ello,
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solicitó al director que, de forma urgente, diera solución a la problemática .
110.
El 30 de junio de 2005 el Director de Inspección General de Seguridad, del Ministerio de
Justicia y Seguridad dispuso la instrucción de información sumaria. El 21 de noviembre de 2005 el
subprefecto Héctor Roberto Arango recibió las actuaciones del expediente administrativo y ordenó se
produjeran las pruebas pertinentes.
111.
Mediante oficio del 5 de enero de 2006 se solicitó a la Fiscal de la Unidad Fiscal
Departamental Capital copia del expediente judicial 46824/05 y, el 28 de marzo de 2006, se le solicitó
tuviera a bien informar si en las actuaciones judiciales se encontraba imputado algún personal
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Recurso de apelación presentado el 31 de julio de 2006 por parte del doctor Fernando Gastón Peñaloza, representante
legal de los familiares del joven Videla. Escrito del Estado recibido el 29 de octubre de 2009, mediante el que se anexa copia de los
procesos seguidos por la muerte de Ricardo David Videla
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Escrito presentado el 8 de septiembre de 2006 por el abogado Fernando Gastón Peñaloza, representante legal de los
familiares del joven Videla ante la Cámara Segunda del Crimen de la Provincia de Mendoza “Informa Recurso de Apelación.
Formula Reserva”. Escrito del Estado recibido el 29 de octubre de 2009, mediante el que se anexa copia de los procesos seguidos
por la muerte de Ricardo David Videla.
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Resolución de apelación de la Cámara Segunda del Crimen de Mendoza del 25 de septiembre de 2006. Escrito del
Estado recibido el 29 de octubre de 2009, mediante el que se anexa copia de los procesos seguidos por la muerte de Ricardo
David Videla.
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Nota informativa “Objeto: I/suicidio. Int: Videla González Ricardo” del 21 de junio de 2005, firmada por el jefe del Centro
de Seguridad de la Penitenciaría de Mendoza, Franco Fattori.
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Nota interna 291, del 23 de junio de 2005, dirigida al Director de la Penitenciaria de Mendoza por el doctor Fernando
Pizarro, Jefe Administrativo de División Sanidad de dicha penitenciaria.