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natural. En el primer año, la escasez de agua era muy grave. Les daban un balde de
aproximadamente doce litros por persona al día, que debían utilizar para beber, lavar
ropa y servicios y para el baño; el agua no alcanzaba y los pabellones tenían un olor
pestilente. Sólo había un foco en el techo del pasillo. Hacía bastante frío. El penal de
Yanamayo se encontraba a 3.900 metros sobre el nivel del mar, aproximadamente;
el agua se congelaba en el piso y había épocas de “heladas”. La comida se hacía a
base de harina, arroz o papa.
Tuvo varios problemas de salud como consecuencia de la altitud, la digestión lenta,
la mala alimentación y el frío. Sus problemas de visión se agravaron en el
establecimiento penitenciario de Socabaya, Arequipa (en adelante “penal de
Socabaya”). Padeció de una infección crónica de garganta, que duró todo el tiempo
que estuvo en el penal de Yanamayo. Había un médico en el penal, quien le recetó
medicinas para una enfermedad de circulación que padeció. El primer año y medio
padeció también un problema en las manos, llamado síndrome de “Reynaud”. La
Cruz Roja le proveía de medicamentos.
En el año 2000 el Tribunal Supremo Militar anuló el punto de la sentencia que la
condenó como responsable del delito de traición a la patria. El fundamento
probatorio para esta anulación fue un hecho ocurrido en agosto o septiembre de
1999. Existían cuatro personas que habían sido rehenes en la residencia del
embajador japonés y que “estaban convencid[a]s” de que la presunta víctima no era
dirigente del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (en adelante “MRTA”). Esos
testimonios permitieron que se presentara el recurso de revisión. Luego, el Consejo
Supremo de Justicia Militar ordenó el traslado del expediente militar al fuero civil. La
testigo fue notificada de la sentencia del Consejo Supremo de Justicia Militar el 27 ó
28 de agosto de 2000, y el 31 de agosto de 2000 fue llevada a Lima.
En el penal, el día de su llegada, se encontraban presentes el fiscal Peralta Ramírez y
el Juez Borda, quienes querían iniciar la instructiva ese mismo día, aun cuando no
contaban con abogado, como tampoco lo tuvo cuando el nuevo juez de instrucción
comenzó a interrogar testigos. El mismo día de su arribo le preguntaron por las
“generales de ley” y tenían la intención de seguir interrogándola, pero se negó. En
los días siguientes, sus familiares presentaron un escrito con la finalidad de “buscar
un abogado”, para lo que tuvieron que viajar desde los Estados Unidos. Una vez
designada su defensa, pudo conversar con el abogado el día que éste fue contratado
y, después, otro día durante media hora, en el locutorio, a los efectos de preparar la
defensa previa a la instructiva. Era un abogado nuevo y sólo tuvo un día para revisar
el expediente antes de su declaración, y únicamente durante un par de horas, ese
mismo día. El problema radicaba en que sólo había una copia del expediente en la
Sala, que compartían el juez y el fiscal, y sólo la prestaban cuando no la estaban
consultando. La Sala se encontraba en un lugar distinto del Penal. En el primer mes
y medio, el tiempo de reunión con su abogado fue limitado, porque el horario de las
diligencias judiciales coincidía con el horario de visita para abogados.
La etapa plenaria se llevó a cabo en la Sala de Juzgamiento en el penal de
Lurigancho, a una hora y media del penal para mujeres de Chorrillos. Ahí hicieron
construir una plataforma dentro de una especie de sitio enrejado que parecía una
“jaula”, donde pusieron una tarima especial para que la prensa pudiera verla dentro
de la “jaula”. Los primeros días, el juicio parecía más un discurso para los medios
que un proceso judicial. El mismo Director de Debates era candidato para la
Defensoría del Pueblo. El ambiente para la defensa fue “hostil”; a los testigos
convocados por la Sala “que no decían lo que querían escuchar, les trataban mal,