53
152.
Amnistía Internacional también indicó que los procesos penales que culminan en la
pena de muerte suelen presentar irregularidades tales como i) la falta de acceso inmediato a un abogado;
ii) la ausencia de la presunción de inocencia; iii) las injerencias políticas en el poder judicial; y iv) la
negativa a excluir las pruebas y declaraciones obtenidas mediante tortura116. De igual modo, las
organizaciones no-gubernamentales afirmaron que i) las personas condenadas a la pena de muerte son
impedidas de recibir una última visita de sus familiares; ii) el proceso de apelación de las personas
condenadas a muerte se realiza de manera privada y se impide la entrada de cualquier observador; y iii) la
condena de la pena de muerte sigue abarcando delitos no violentos117.
153.
Finalmente, Amnistía Internacional resaltó que las autoridades chinas han participado
activamente en operaciones en el extranjero solicitando la detención y deportación de ciudadanos chinos
que han huido a otros países, incluyendo algunos que han solicitado asilo o han sido reconocidos como
refugiados118. Adicionalmente, señaló que las personas que han regresado a China desde el extranjero
tienen un alto riesgo de ser víctimas de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes119.
2.
En cuanto a la posible aplicación de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes
y algunos aspectos relativos al debido proceso
154.
Tanto el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas (CAT), en sus observaciones
finales sobre China de 2008120, como el ex Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o
penas crueles, inhumanos o degradantes, Manfred Nowak, en su visita a China en el año 2005121, se han
expresado sobre deficiencias en el marco normativo relativo a la tortura, especialmente en la falta de
inclusión de sus elementos constitutivos básicos.
155.
Esta última autoridad, el ex Relator Especial Manfred Nowak, confirmó que entre los
distintos métodos de tortura utilizados en China se encuentran i) los golpes con palos y porras; ii)
electroshock y quemaduras de cigarros; iii) encapuchamiento y vendaje de los ojos; iv) palizas por parte de
otros presos bajo órdenes policiales; v) uso de esposas o grilletes de tobillo durante períodos prolongados;
vi) inmersión en pozos de agua; vii) exposición a condiciones extremas de calor o frío; viii) permanencia en
116
Amnistía Internacional, La pena de muerte en Asia en 2008, disponible en: http://www.amnesty.org/es/deathpenalty/death-sentences-and-executions-in-2008/asia
117
ONU, Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Seguimiento de recomendaciones. China. A/HRC/13/39/Add.6, 26 de febrero de 2010, pág. 45. Disponible en:
http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/13session/A.HRC.13.39.Add%206_EFS.pdf
118
Amnistía Internacional, Resumen presentado al Comité contra la Tortura previo a sus consideraciones sobre el
cuarto
reporte
periódico
de
China,
3-21
de
noviembre
de
2008,
pág.
12,
disponible
en:
http://www2.ohchr.org/english/bodies/cat/docs/ngos/AI_China_41.pdf
119
Amnistía Internacional, Resumen presentado al Comité contra la Tortura previo a sus consideraciones sobre el
cuarto
reporte
periódico
de
China,
3-21
de
noviembre
de
2008,
pág.
12,
disponible
en:
http://www2.ohchr.org/english/bodies/cat/docs/ngos/AI_China_41.pdf
120
ONU, Comité contra la Tortura, Observaciones finales. China. CAT/C/CHN/CO/4, 12 de diciembre de 2008, párr. 32,
disponible en: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G08/457/13/PDF/G0845713.pdf?OpenElement
121
ONU, Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Informe sobre misión a China. E/CN.4/2006/6/Add.6, 10 de marzo 2006, párr. 17, disponible en: http://daccess-ddsny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G06/117/53/PDF/G0611753.pdf?OpenElement