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muy fuerte porque los estruendos del cañón eran algo que llegaba hasta nuestros corazones. Cada
estruendo era un dolor muy fuerte porque se veían las esquirlas del pabellón que volaban. (...)
Había una madre a mi lado, la abracé y me dijo 'mi hija está viva, mi hija está viva' (...). Me
entusiasmó mucho el escucharla. Más tarde la cosa seguía peor, ya no se escuchaban voces, sólo se
escuchaban muchos tiros como de metralleta o de una arma larga que escuchábamos (...), sonaba
y luego paraba, y luego por el otro costado otra vez. (...) Seguían los tiroteos. Hemos pernotado
ahí, no sabíamos nada, quiénes eran los muertos, quiénes eran los heridos, cuántos muertos eran,
nada porque no nos daban información. Incluso los policías que salían (...). No nos dieron ninguna
clase de información (...). (...) No les interesaba" 51.
63.
En aún otra dimensión, muchas de las mujeres sobrevivientes del bombardeo de la
Prisión de Castro Castro - como señalado en este Voto Razonado (párr. 13, supra) - no han
podido ser madres todavía, pues, como señalado en la audiencia pública en el cas d'espèce
ante esta Corte, han desde entonces consumido todo su tiempo existencial en búsqueda de la
verdad y la justicia. Aquí estamos ante la maternidad denegada o postergada (un daño al
proyecto de vida), por fuerza de las crueles circunstancias, como denunciado con toda
pertinencia por la interveniente común de los representantes de las víctimas y sus familiares
(supra).
64.
Y, en la dimensión del pos-vida, también ha sido afectada gravemente, en el caso
concreto, la vivencia de la maternidad. Lo ilustra la búsqueda desesperada, en las morgues,
por parte de los familiares de las víctimas, de los restos de los internos muertos en el ataque
armado a la Prisión de Castro Castro, frente a la indiferencia de las autoridades estatales.
Como la Corte relata en la presente Sentencia,
"(...) Son coincidentes los testimonios que obran en el acervo probatorio al señalar que un
elemento más de sufrimiento fue el hecho de encontrarse [las madres y familiares] en tal situación
de incertidumbre y desesperación precisamente el 'día de la madre' (día domingo, 10 de mayo de
1992)" (párr. 338).
65.
Más allá de las circunstancias del cas d'espèce, el análisis de género ha contribuido, de
modo general, para revelar el carácter sistémico de la discriminación contra la mujer, y la
afirmación de los derechos de la mujer (cf. infra), y su inserción por consenso en la
Declaración y Programa de Acción de Viena de 1993, - como bien me acuerdo, por haber
acompañado personalmente su elaboración, como integrante del Comité de Redacción de la II
Conferencia Mundial de Viena de 1993 52, - ha en fin reconocido las violaciones omnipresentes
de los derechos de la mujer en los planos tanto público como privado 53. Tanto la referida
Declaración y Programa de Acción de Viena como la Plataforma de Acción adoptada por la IV
Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing de 1995 54 contribuyeron las barreras
51
.
CtIADH, Transcripción de la Audiencia Pública..., op. cit. supra n. (9), pp. 41-43 (circulación interna).
52
.
Para un testimonio personal, cf. A.A. Cançado Trindade, "Memória da Conferência Mundial de Direitos
Humanos (Viena, 1993)", 87/90 Boletim da Sociedade Brasileira de Direito Internacional (1993-1994) pp. 9-57; A.A.
Cançado Trindade, "Balance de los Resultados de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993)", 3
Estudios Básicos de Derechos Humanos, San José de Costa Rica, IIDH, 1995, pp. 17-45.
53
.
M. Suárez Toro y S. Dairiam, "Recognizing and Realizing Women's Human Rights", in The Universal
Declaration of Human Rights: Fifty Years and Beyond (eds. Y. Danieli, E. Stamatopoulou y C.J. Dias), Amityville/N.Y.,
Baywood Publ. Co., 1999, pp. 117, 119 y 122-123.
54
.
Para testimonios al respecto, cf.: Varias Autoras, Estudios Básicos de Derechos Humanos, tomo IV (present.