Gutiérrez44. El recurso fue declarado sin lugar por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente en tanto “los distintos juzgados del país informaron que (…) Mayra (…) no se encontraba en ninguna de las cárceles de la República”. 51. El 26 de abril de 2000 la Procuraduría de los Derechos Humanos recibió el informe preliminar del Jefe de la Sección de Menores y Desaparecidos del Servicio de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil45. Dicho informe concluyó que el principal sospechoso de la desaparición de la señora Gutiérrez “era el señor Juan Alberto Arancibia debido a la contradicción que existe entre lo declarado por éste ante los investigadores (…) sobre su movimiento migratorio y la documentación obtenida en la Delegación de Migración”46. Dicho informe señala que se tomó la declaración del señor Arancibia, quien manifestó que conocía a la señora Gutiérrez desde el año 1996 “con la que fueron amantes a finales de 1999, fecha en la cual rompieron dicha relación y a principios de este año se convirtieron en buenos amigos”47. 52. La CIDH observa que en dicho informe consta la declaración de Efraín Medina, Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, quien señaló como posible hipótesis de la desaparición de la señora Gutiérrez “unas investigaciones que realizó (…) con relación de adopción y tráfico de menores, donde posiblemente establecieron nombres de abogados implicados (…)”48. Asimismo, la señora Estela Zamora, compañera de trabajo de Mayra Angelina Gutiérrez, declaró que la presunta víctima realizó una investigación sobre abogados relacionados con trámites ilegales de adopción, información que fue enviada a UNICEF49. 53. El 28 de abril de 2000 la Fiscalía Distrital del Departamento de Guatemala presentó un informe en donde indicó que, tras la investigación realizada, “se tiene la sospecha que [Mayra Angelina Gutiérrez] se encuentra en el (…) inmueble (….) [de] propiedad del señor Mauricio Calderón Valvert”50. Indicó que ello se debe a que: (…) la desaparecida visitaba frecuentemente dicha casa, lugar en el cual sostenía relaciones amorosas con sus amantes, por lo que se tiene la sospecha que en dicho lugar el señor Juan Alberto Arancibia Córdova la tenga en cautiverio en contra de su voluntad, ya que dicha persona mantenía una relación sentimental con la desaparecida y este lugar era el que utilizaban para encontrarse, y a pesar de que días antes de finalizar la relación amorosa que sostenía, el señor Juan Alberto Arancibia Córdova, insistió en llamarla a su casa, con el ánimo de hostigarla, así también existe contradicción en cuanto a su estadía en el país, ya que presentó documentos con los cuales indica que días antes de la desaparición de la licenciada él se encontraba fuera del país, habiendo viajado a la República de Honduras, pero de conformidad con el movimiento migratorio dicha persona viajó a la ciudad de México51. 54. La Fiscalía solicitó autorización judicial a fin de realizar un allanamiento al inmueble señalado52. El 2 de mayo el Juzgado Décimo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos con el 44 Anexo 5. Comunicado de Amnistía Internacional: Mayra Angelina Gutiérrez, de 31 de mayo de 2000. Anexo a la comunicación de los peticionarios recibida por la CIDH el 30 de octubre de 2000. 45 Anexo 10. Oficio del Procurador de los Derechos Humanos, de fecha 31 de julio de 2000. Anexo a la comunicación de los peticionarios recibida por la CIDH el 30 de octubre de 2000. 46 Anexo 10. Oficio del Procurador de los Derechos Humanos, de fecha 31 de julio de 2000. Anexo a la comunicación de los peticionarios recibida por la CIDH el 30 de octubre de 2000. 47 Anexo 1. Expediente judicial, folios 89-98. Anexo a la comunicación del Estado de 23 de noviembre de 2014. 48 Anexo 1. Expediente judicial, folios 89-98. Anexo a la comunicación del Estado de 23 de noviembre de 2014. 49 Anexo 1. Expediente judicial, folios 89-98. Anexo a la comunicación del Estado de 23 de noviembre de 2014. 50 Anexo 1. Expediente judicial, folios 81-82. Anexo a la comunicación del Estado 23 de noviembre de 2014. 51 Anexo 1. Expediente judicial, folios 81-82. Anexo a la comunicación del Estado de 23 de noviembre de 2014. 52 Anexo 1. Expediente judicial, folios 81-82. Anexo a la comunicación del Estado de 23 de noviembre de 2014. 10

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