estándar de debida diligencia estricta tras la recepción de una denuncia de desaparición de una mujer resulta aplicable al presente caso. 115. Ahora bien, además de la posibilidad de que Mayra Angelina Gutiérrez estuviera siendo víctima de un acto de violencia contra la mujer por parte de actores no estatales, en el presente caso desde la denuncia inicial se planteó la hipótesis de una desaparición forzada por parte de agentes estatales. 116. En ese sentido, resulta pertinente recordar que en casos de alegada desaparición forzada, la Corte ha señalado que “la investigación tendrá ciertas connotaciones específicas que surgen de la propia naturaleza y complejidad del fenómeno investigado, esto es que, adicionalmente, la investigación debe incluir la realización de todas las acciones necesarias con el objeto de determinar la suerte o destino de la víctima y la localización de su paradero”168. La Corte Interamericana ha precisado que el deber de investigar hechos de esta naturaleza subsiste mientras se mantenga la incertidumbre sobre la suerte final de la persona desaparecida, pues el derecho de los familiares de la víctima de conocer cuál fue el destino de ésta y, en su caso, dónde se encuentran sus restos, representa una justa expectativa que el Estado debe satisfacer con todos los medios a su alcance169. 117. Por otra parte, conforme al artículo 25 de la Convención Americana, el recurso de exhibición personal ha sido considerado por la Corte como el medio para garantizar la libertad de una persona, así como para impedir su desaparición o la indeterminación de su lugar de detención170. Ahora bien, la Corte ha resaltado que además de su existencia formal, es necesario que sea idóneo y capaz de dar “resultados o respuestas a las violaciones de derechos”171. La CIDH recuerda que en casos de alegada desaparición forzada no “resulta razonable o diligente ni constituye un recurso efectivo la mera verificación formal con los registros oficiales de detenidos como la ocurrida en el presente caso, o la aceptación como verdadera de la negación de la detención por los presuntos responsables sin una verificación objetiva, imparcial e independiente de la misma”172. 118. De lo dicho hasta el momento resulta que en el presente caso el deber de investigar del Estado se encontraba calificado en cuanto a su naturaleza e intensidad por múltiples razones. En primer lugar, por el hecho de tratarse de una denuncia de desaparición que implicaba presumir la existencia de un riesgo para la vida e integridad personal de la persona desaparecida. En ese sentido la respuesta investigativa y de búsqueda pronta y diligente resultaba fundamental no sólo para la obtención de justicia sino para la protección de la vida e integridad de Mayra Angelina Gutiérrez. En segundo lugar, por tratarse de la desaparición de una mujer en un contexto de violencia y asesinatos de mujeres en Guatemala. Y en tercer lugar, porque que desde el inicio las denuncias plantearon la posibilidad de que se tratara de una desaparición forzada. [… continuación] 168 Corte IDH. Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de noviembre de 2014. Serie C No. 287. Párr. 439 169 Corte IDH. Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de noviembre de 2014. Serie C No. 287, párr. 439,citando. Cfr. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4, párr. 181, y Caso Osorio Rivera y Familiares Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de noviembre de 2013. Serie C No. 274, párr. 179. 170 Corte I.D.H., Caso García y Familiares Vs. Guatemala. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 noviembre de 2012 Serie C No. 258, párr. 142; y Caso Contreras y otros Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2011 Serie C No. 232, párr. 158. 171 Corte I.D.H., Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4, párrs. 63-66; y Caso García y Familiares Vs. Guatemala. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 noviembre de 2012 Serie C No. 258, párr. 142. 172 Corte I.D.H., Caso García y Familiares Vs. Guatemala. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 noviembre de 2012 Serie C No. 258, párr. 143. 25

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