VOTO RAZONADO DEL JUEZ A.A. CANÇADO TRINDADE
1.
He concurrido con mi voto a favor de la adopción, por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos, de la presente Sentencia en el caso de los Hermanos Gómez
Paquiyauri versus Perú. Las cuestiones planteadas por el cas d'espèce y tratadas por
la Corte en la Sentencia que viene de adoptar me han suscitado algunas reflexiones,
que me veo en la obligación de consignar en este Voto Razonado, como
fundamentación de mi posición al respecto. Me referiré, en particular, a los
siguientes puntos: a) la trágica vulnerabilidad de la condición humana, tal como se
desprende de los hechos del presente caso; b) la determinación del surgimiento de la
responsabilidad internacional del Estado; c) la interacción entre el derecho
internacional y el derecho interno en el presente dominio de protección,
transcendiendo el llamado "principio de la subsidiariedad"; d) la emancipación del
individuo vis-à-vis su propio Estado; e) la implementación de la responsabilidad
internacional del Estado por iniciativa del individuo como sujeto del derecho
internacional; y f) el derecho imperativo (jus cogens) y la determinación de la
responsabilidad internacional agravada del Estado.
I.
La Trágica Vulnerabilidad de la Condición Humana.
2.
Los hechos del presente caso traen a colación ante esta Corte, una vez más,
la cuestión recurrente de la vulnerabilidad e inseguridad propias de la condición
humana. La inevitabilidad del sufrimiento humano parece demonstrada a lo largo de
los siglos, y la frágil condición humana ha sido siempre objeto de reflexión, inclusive
en nuestros tiempos1. De la época de Ésquilo, Sófocles y Eurípides a nuestros días, la
perennidad y actualidad de la tragedia se han hecho manifiestas en la vida de
millones y millones de seres humanos de sucesivas generaciones. Es difícil encontrar
quien no la haya de algún modo experimentado o de ella tenido noticia. La tragedia,
hoy día como en el siglo V a.C., encuéntrase cotidianamente presente en el cotidiano
de millones de seres humanos, de lo que da testimonio el ejemplo de los hechos del
presente caso de los Hermanos Gómez Paquiyauri, víctimas de la brutalidad humana
como tantas otras, de quienes uno ni siquiera tiene noticia, en todas partes, a lo
largo de los tiempos.
3.
En el presente caso de los Hermanos Gómez Paquiyauri, coinciden los
testimonios, prestados ante esta Corte y constantes de la presente Sentencia, de los
familiares inmediatos de las dos víctimas, en que, al encontrar sus cuerpos en la
morgue, con un letrero de "no identificados", estaban ambos mojados, sucios, llenos
de tierra y sangre en las ropas, con una expresión de "dolor horrible", y con sus
rostros destrozados; tenían ambos hermanos muertos sus ojos vaciados, con masa
encefálica en sus cabellos; el dedo pulgar de uno de ellos (Rafael) había sido volado,
estando las palmas de las manos huecas, como si lo hubieran quemado; el otro
hermano muerto (Emilio) tenía su boca entreabierta, con sus dientes llenos de tierra.
Uno de los hermanos sobrevivientes (Sr. Miguel Ángel Gómez Paquiyauri) afirmó
1
. Como, por ejemplo, en las obras así tituladas de A. Malraux y H. Arendt, entre otras tantas.