21 se constituyó en el domicilio del señor Galindo para informarle que el Coronel Negrón, Jefe Político Militar de Huánuco, quería conversar con él en el Cuartel del Ejército “Yanac”, por lo que en horas de la mañana concurrió a la anterior instalación militar, donde fue recibido por el Coronel Negrón y un oficial, quienes tras invitarle a ingresar en un cuarto, le cerraron la puerta desde afuera con una cadena47. 91. El Estado, por su parte, mantiene que el sábado 15 de octubre de 1994 a las 20:00 horas se procedió a levantar el “Acta de Declaración del Solicitante”, señor Galindo Cárdenas, identificado con la clave A1J054967 en una de las oficinas de JECOTE-PNP-Hco. de la ciudad de Huánuco, encontrándose presentes el representante del Ministerio Público, Dr. Ricardo Robles y Coz y un funcionario de la PNP. 48 El Acta indica literalmente lo siguiente: 1. En cuanto a su propósito de arrepentimiento y de abandono voluntario y definitivo de toda actividad terrorista, dijo: Que me presento en forma voluntaria al Departamento contra el Terrorismo de Huánuco el 15 de octubre de 1994, solicitando acogerme a los beneficios de la Ley de Arrepentimiento con relación al asesoramiento legal a integrantes del PCP-SL, a la vez colaborar con la PNP y estar decidido a contribuir con la pacificación del país. 2. En cuanto a su situación y cargo dentro de la organización terrorista PCP-SL: dijo: Que aproximadamente a fines del año 1992, como consecuencia de mi labor de Asesoramiento Legal, me solicitaron mis servicios profesionales para defender al inculpado SANTAMARIA RAMOS, conocido por los delincuentes terroristas como “(c) Mirko”, quien se encontraba recluido en el CRAS [cárcel] de San Marcos, proveniente de Tingo María, procesado por Delito de Terrorismo, esto fue a solicitud de unos supuestos familiares de los cuales desconozco sus nombres, habiéndome pagado una parte de mis honorarios profesionales. Como consecuencia de la nueva norma antiterrorista, dicho procesado es trasladado al Penal de Huamancaca de la ciudad de Huancayo, por lo cual los supuestos familiares me solicitaron me traslade a dicha ciudad a efectos de que [hiciera] la defensa en el Tribunal Especial, lo cual no acepté en razón de tener compromisos de trabajo en esta ciudad y la ciudad de Lima, para después retirarse, pero al cabo de ocho meses aproximadamente, se apersonaron a mi oficina de trabajo dos mujeres y un hombre, quienes me exigieron defender a un detenido en la JECOTE PNP Huánuco, llamado Edwar Elí Nación Ramos, conviviente de una de las mujeres, en razón que esta injustamente detenido, en --- circunstancias hacían alusión a la lucha armada, mencionado a autoridades miserables deduciendo que se trataría de terroristas, en ese momento me hicieron referencia del asesoramiento a Edwar Elí Nación Ramos “ (c) Beto” solicitándome que asesorara a su hijo. Hago presente que las personas que se acercaron a mi oficina fueron los “c Yersi”, “c Lida” y “c Guillermo”, quienes no me pusieron seudónimo, ni determinaron cargo alguno. 3. En cuanto a su confesión veraz de los hechos terroristas en los que participó dijo: Hago presente que los delincuentes terroristas cuando se acercaron a mi oficina para que asesorara al (c) “Beto” estos conocían con lujos y detalles mi vida personal, conociendo mi domicilio familiar en la ciudad de Lima, así como mis actividades profesionales, sabiendo que vivía solo en esta ciudad, conociendo todos mis movimientos, lo cual me sorprendió y atemorizó; por lo cual me obligaron bajo amenaza que colaborara en los siguientes hechos: PRIMERO: El asesoramiento de Edward Elí Nación Ramos (c) “Beto”, ante la JECOTE Huánuco, así como ante el Ministerio Público y ante el Juez en lo Penal de Turno de Huánuco, asesorándolo en su instructiva y en una inspección ocular en el domicilio del inculpado, no pudiendo continuar con su defensa legal porque me ausentaba de esta – ciudad, por razones 47 CIDH, Informe de Admisibilidad Nº 14/04 de 27 de febrero de 2004, párr. 10; CIDH, 133º periodo ordinario de sesiones; y Acta de Audiencia No. 19, Caso 11.568 – Luis Galindo Cárdenas, 23 de octubre de 2008. 48 de 2008. Anexo 32. Acta de Declaración del Solicitante de 15 de octubre de 1995. Anexo al escrito del Estado de 17 de octubre

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