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se constituyó en el domicilio del señor Galindo para informarle que el Coronel Negrón, Jefe Político Militar de
Huánuco, quería conversar con él en el Cuartel del Ejército “Yanac”, por lo que en horas de la mañana
concurrió a la anterior instalación militar, donde fue recibido por el Coronel Negrón y un oficial, quienes tras
invitarle a ingresar en un cuarto, le cerraron la puerta desde afuera con una cadena47.
91.
El Estado, por su parte, mantiene que el sábado 15 de octubre de 1994 a las 20:00 horas se
procedió a levantar el “Acta de Declaración del Solicitante”, señor Galindo Cárdenas, identificado con la clave
A1J054967 en una de las oficinas de JECOTE-PNP-Hco. de la ciudad de Huánuco, encontrándose presentes el
representante del Ministerio Público, Dr. Ricardo Robles y Coz y un funcionario de la PNP. 48 El Acta indica
literalmente lo siguiente:
1. En cuanto a su propósito de arrepentimiento y de abandono voluntario y definitivo de
toda actividad terrorista, dijo: Que me presento en forma voluntaria al Departamento contra
el Terrorismo de Huánuco el 15 de octubre de 1994, solicitando acogerme a los beneficios de
la Ley de Arrepentimiento con relación al asesoramiento legal a integrantes del PCP-SL, a la
vez colaborar con la PNP y estar decidido a contribuir con la pacificación del país.
2. En cuanto a su situación y cargo dentro de la organización terrorista PCP-SL: dijo: Que
aproximadamente a fines del año 1992, como consecuencia de mi labor de Asesoramiento
Legal, me solicitaron mis servicios profesionales para defender al inculpado SANTAMARIA
RAMOS, conocido por los delincuentes terroristas como “(c) Mirko”, quien se encontraba
recluido en el CRAS [cárcel] de San Marcos, proveniente de Tingo María, procesado por
Delito de Terrorismo, esto fue a solicitud de unos supuestos familiares de los cuales
desconozco sus nombres, habiéndome pagado una parte de mis honorarios profesionales.
Como consecuencia de la nueva norma antiterrorista, dicho procesado es trasladado al Penal
de Huamancaca de la ciudad de Huancayo, por lo cual los supuestos familiares me solicitaron
me traslade a dicha ciudad a efectos de que [hiciera] la defensa en el Tribunal Especial, lo
cual no acepté en razón de tener compromisos de trabajo en esta ciudad y la ciudad de Lima,
para después retirarse, pero al cabo de ocho meses aproximadamente, se apersonaron a mi
oficina de trabajo dos mujeres y un hombre, quienes me exigieron defender a un detenido en
la JECOTE PNP Huánuco, llamado Edwar Elí Nación Ramos, conviviente de una de las
mujeres, en razón que esta injustamente detenido, en --- circunstancias hacían alusión a la
lucha armada, mencionado a autoridades miserables deduciendo que se trataría de
terroristas, en ese momento me hicieron referencia del asesoramiento a Edwar Elí Nación
Ramos “ (c) Beto” solicitándome que asesorara a su hijo. Hago presente que las personas que
se acercaron a mi oficina fueron los “c Yersi”, “c Lida” y “c Guillermo”, quienes no me
pusieron seudónimo, ni determinaron cargo alguno.
3. En cuanto a su confesión veraz de los hechos terroristas en los que participó dijo: Hago
presente que los delincuentes terroristas cuando se acercaron a mi oficina para que
asesorara al (c) “Beto” estos conocían con lujos y detalles mi vida personal, conociendo mi
domicilio familiar en la ciudad de Lima, así como mis actividades profesionales, sabiendo
que vivía solo en esta ciudad, conociendo todos mis movimientos, lo cual me sorprendió y
atemorizó; por lo cual me obligaron bajo amenaza que colaborara en los siguientes hechos:
PRIMERO: El asesoramiento de Edward Elí Nación Ramos (c) “Beto”, ante la JECOTE
Huánuco, así como ante el Ministerio Público y ante el Juez en lo Penal de Turno de Huánuco,
asesorándolo en su instructiva y en una inspección ocular en el domicilio del inculpado, no
pudiendo continuar con su defensa legal porque me ausentaba de esta – ciudad, por razones
47
CIDH, Informe de Admisibilidad Nº 14/04 de 27 de febrero de 2004, párr. 10; CIDH, 133º periodo ordinario de sesiones;
y Acta de Audiencia No. 19, Caso 11.568 – Luis Galindo Cárdenas, 23 de octubre de 2008.
48
de 2008.
Anexo 32. Acta de Declaración del Solicitante de 15 de octubre de 1995. Anexo al escrito del Estado de 17 de octubre