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68.
Por constituir el principio de coherencia o correlación un corolario
indispensable del derecho de defensa, la Corte considera que aquél constituye una
garantía fundamental del debido proceso en materia penal, que los Estados deben
observar en cumplimiento de las obligaciones previstas en los incisos b) y c) del
artículo 8.2 de la Convención.
69.
En el caso Pélissier y Sassi vs. Francia, la Corte Europea de Derechos
Humanos determinó que los peticionarios no tuvieron oportunidad para preparar su
defensa respecto del nuevo cargo que se les imputaba, ya que sólo a través de la
sentencia del tribunal de apelaciones se enteraron de la recalificación de los hechos.
En particular, estimó que el cambio acogido en la sentencia alteraba los términos de
la acusación inicial. Al respecto, hizo las siguientes consideraciones:
[…]
La Corte observa que los preceptos del tercer párrafo, inciso a), del artículo 6
[de la Convención Europea de Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades
Fundamentales] apuntan a la necesidad de brindar especial atención a la debida
notificación de la acusación al imputado. Las particularidades del delito juegan un rol
crucial en el proceso penal, desde que el momento de la comunicación de aquéllas es
cuando el sospechoso es formalmente puesto en conocimiento de la base fáctica y legal
de los cargos formulados en su contra (ver Kamasinki vs Austria, sentencia de 19 de
diciembre de 1989, Serie A, No. 168, pp. 36-37, párr. 79). El artículo 6.3.a) de la
Convención [Europea] reconoce al imputado el derecho a ser informado no sólo de la
causa de la acusación, es decir, de los actos que supuestamente ha cometido y sobre los
que se basa la acusación, sino también de la calificación legal dada a esos actos. Dicha
información debe ser detallada, tal como correctamente sostuvo la Comisión.
[…]
El alcance del precepto anterior debe ser determinado, en particular, a la luz
del derecho más general referente a un juicio justo, garantizado por el artículo 6.1 de la
Convención (ver, mutatis mutandis, las siguientes sentencias: Deweer vs Bélgica,
Sentencia de 27 de febrero de 1980, Serie A, No. 35, pp. 30-31, párr. 56; Artico vs
Italia, Sentencia de 13 de Mayo de 1980, Serie A, No. 37, p. 15, párr. 32; Goddi vs
Italia, Sentencia de 9 de abril de 1984, Serie A, No. 76, p. 11, párr. 28; y Colozza vs.
Italia, Sentencia de 12 de febrero de 1985, Serie A, No. 89, p. 14, párr. 26). La Corte
considera que, en cuestiones penales, el precepto concerniente a una información
completa y detallada de los cargos formulados contra el imputado y, consecuentemente,
a la calificación legal que el tribunal pueda adoptar al respecto, constituye un
prerrequisito esencial para asegurar que los procedimientos sean justos.
[…]
Finalmente, respecto de la queja formulada bajo el artículo 6.3.b) de la
Convención, la Corte considera que los sub-párrafos a) y b) del artículo 6.3 están
conectados y que el derecho a ser informado sobre la naturaleza y la causa de la
acusación debe ser considerada a la luz del derecho del imputado de preparar su
defensa87.
87
Cfr. Pelissier and Sassi v. France 25444/94, [1999] ECHR, párrs. 51-54. Traducción de la
Secretaría de la Corte; el texto original en inglés es el siguiente:
“The Court observes that the provisions of paragraph 3 (a) of Article 6 point to the need for special
attention to be paid to the notification of the “accusation” to the defendant. Particulars of the offence play
a crucial role in the criminal process, in that it is from the moment of their service that the suspect is
formally put on notice of the factual and legal basis of the charges against him (see the Kamasinski v.
Austria judgment of 19 December 1989, Series A no. 168, pp. 36-37, § 79). Article 6 § 3 (a) of the
Convention affords the defendant the right to be informed not only of the cause of the accusation, that is
to say the acts he is alleged to have committed and on which the accusation is based, but also the legal
characterisation given to those acts. That information should, as the Commission rightly stated, be
detailed.
[…] The scope of the above provision must in particular be assessed in the light of the more general right
to a fair hearing guaranteed by Article 6 § 1 of the Convention (see, mutatis mutandis, the following
judgments: Deweer v. Belgium of 27 February 1980, Series A no. 35, pp. 30-31, § 56; Artico v. Italy of 13
May 1980, Series A no. 37, p. 15, § 32; Goddi v. Italy of 9 April 1984, Series A no. 76, p. 11, § 28; and
Colozza v. Italy of 12 February 1985, Series A no. 89, p. 14, § 26). The Court considers that in criminal
matters the provision of full, detailed information concerning the charges against a defendant, and
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