VOTO DISIDENTE DEL JUEZ MAXIMO PACHECO GOMEZ Disiento de la opinión de la mayoría en relación con el Punto Resolutivo número 4 de la sentencia, en el cual la Corte decidió que el Estado de Nicaragua debe cancelar una compensación equitativa al señor Raymond Genie Peñalba, porque considero que lo procedente hubiera sido haber abierto la etapa de reparaciones para fijar el monto de la compensación por los daños materiales y morales sufridos, después de haber escuchado a las partes y a los familiares de la víctima. Estos últimos son los que sufrieron las consecuencias que produjo la violación al artículo 8.1 de la Convención Americana, aun cuando fuera sólo el padre el que participara como actor de la acusación y realizara la mayoría de las gestiones en las diferentes instancias ordinarias y militares. Máximo Pacheco Gómez Juez Manuel E. Ventura Robles Secretario

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