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RESUELVE:
1.
Ratificar en todos sus términos la Resolución del Presidente de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 30 de julio de 2003.
2.
Requerir al Estado que adopte y mantenga cuantas medidas sean necesarias
para proteger la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de las
periodistas Marta Colomina y Liliana Velásquez.
3.
Requerir al Estado que dé participación a los beneficiarias en la planificación e
implementación de las medidas de protección y que, en general, las mantenga
informados sobre el avance de las medidas dictadas.
4.
Requerir al Estado que investigue los hechos denunciados que dieron origen a
las presentes medidas con la finalidad de identificar a los responsables y
sancionarlos.
5.
Requerir al Estado que informe a la Corte Interamericana de Derechos
Humanos sobre las medidas que haya adoptado en cumplimiento de la presente
Resolución a más tardar el 15 de septiembre de 2003.
6.
Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, dentro de
una semana a partir de la notificación del informe del Estado, presente a la Corte
Interamericana de Derechos Humanos las observaciones que estime pertinentes.
7.
Requerir al Estado que, con posterioridad a su primera comunicación (supra
punto resolutivo quinto), continúe informando a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, cada dos meses, sobre las medidas provisionales adoptadas, y
requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presente sus
observaciones a dichos informes dentro de un plazo de seis semanas contado a
partir de su recepción.
8.
Notificar la presente Resolución al Estado y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos.
Antônio A. Cançado Trindade
Presidente
Sergio García Ramírez
Hernán Salgado Pesantes
Oliver Jackman
Alirio Abreu Burelli
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
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